Abogado penalista: defensa en instrucción, querellas y acusación particular
En un procedimiento penal las primeras declaraciones en comisaría o ante el Juzgado de Instrucción condicionan todo el juicio. Ejercemos la defensa penal técnica del investigado o la acusación particular de la víctima con querella criminal y solicitud de medidas cautelares patrimoniales.
Garantías constitucionales y procesales · Arts. 24 CE, 118 y 520 LECrim
No declares sin haber preparado antes el atestado con tu abogado de confianza
Toda persona citada como investigada o detenida tiene derecho a designar libremente abogado, a examinar las actuaciones esenciales antes de declarar y a guardar silencio en sede policial para declarar únicamente ante el Juez de Instrucción una vez conocida íntegramente la causa (arts. 118 y 520 LECrim).
Supuestos frecuentes y base legal
¿En qué situaciones actuamos y qué exige la ley?
Citación judicial como investigado o juicio rápido (delitos contra seguridad vial, lesiones, amenazas)
Asistencia inmediata en diligencias urgentes de guardia, análisis de pruebas periciales/etilómetro y valoración estratégica entre defensa en juicio oral o conformidad privilegiada con rebaja de un tercio de la pena (art. 801 LECrim).
Querellas por estafa, apropiación indebida, administración desleal o insolvencia punible
Interposición de querella criminal con abogado y procurador (art. 277 LECrim) solicitando desde el primer escrito el bloqueo cautelar de cuentas, trazabilidad bancaria y fianza de responsabilidad civil (art. 589 LECrim).
Recursos de reforma y apelación contra autos de archivo o procesamiento
Impugnación en el plazo estricto de 3 días (reforma) o 5 días (apelación directa en procedimiento abreviado) cuando el juzgado archiva prematuramente una denuncia sin practicar diligencias esenciales.
Referencia legal verificada (BOE 2026)
Plazos procesales críticos en la jurisdicción penal española (LECrim 2026)
| Actuación procesal | Plazo legal | Profesionales exigidos | Norma BOE |
|---|---|---|---|
| Recurso de reforma contra auto del Juez de Instrucción | 3 días siguientes a la notificación | Abogado y procurador | Arts. 211 y 766 LECrim |
| Recurso de apelación contra autos en Procedimiento Abreviado | 5 días siguientes a la notificación | Abogado y procurador | Art. 766.3 LECrim |
| Escrito de defensa tras auto de apertura de juicio oral | 10 días para presentar calificación y pruebas | Abogado y procurador | Art. 784.1 LECrim |
| Denuncia por delitos leves perseguibles a instancia de parte | 1 año de prescripción del delito leve | Abogado recomendable (obligatorio si pena ≥ límite) | Art. 131.1 CP y art. 967 LECrim |
Procedimiento paso a paso
Cómo trabajamos tu expediente desde la primera llamada
Análisis reservado de la citación, denuncia o hechos bajo secreto profesional
Personación urgente en el Juzgado de Instrucción para obtener copia íntegra digital del expediente y atestado antes de cualquier declaración.
Estrategia de declaración, proposición de diligencias o querella criminal
Preparamos el interrogatorio, aportamos prueba documental y pericial de descargo (o de cargo si actuamos como acusación particular) y pedimos medidas cautelares reales.
Solicitud de sobreseimiento libre/provisional o escrito de acusación/defensa
Al concluir la instrucción (art. 779 LECrim), instamos el archivo de la causa si no hay indicios racionales de criminalidad o formulamos escrito de calificación provisional.
Defensa en Juicio Oral (Juzgado de lo Penal o Audiencia Provincial)
Intervención en el plenario, recursos de apelación o casación penal y gestión de suspensión de penas privativas de libertad (arts. 80 y ss. CP) y cancelación de antecedentes (art. 136 CP).
Enrique Zarza
José Enrique Rodríguez Zarza · Socio fundador
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, Máster en Práctica Jurídica y Alta Dirección Empresarial en el Instituto Internacional San Telmo. Más de 30 años de ejercicio colegiado.
Hitos procesales y LegalTech verificados
Dirección letrada de la primera denuncia que abrió la causa penal del Caso Soltec en la Audiencia Nacional (Auto 704/2026 de la Sala de lo Penal, causa con 428 inversores personados) e impulsor del Registro de Impagados Judiciales (RIJ) junto al Consejo General de la Abogacía Española.
Transparencia de honorarios y secreto profesional
Toda actuación está amparada por el secreto profesional (art. 542.3 LOPJ). Antes de presentar ningún escrito o asumir un encargo recibirás hoja de encargo escrita con presupuesto desglosado conforme a los arts. 27 y 48 del Estatuto General de la Abogacía (RD 135/2021).
Recursos gratuitos de apoyo
Calcula cifras orientativas y consulta nuestras guías del BOE
Dudas frecuentes antes de contratar abogado
Preguntas frecuentes
He presentado una denuncia en la Policía o Guardia Civil, ¿significa que ya soy parte en el juzgado y me avisarán de todo?
Me han citado a declarar como investigado, ¿conviene ir con el abogado de oficio asignado el mismo día o preparar la defensa antes?
Consultas directas por tipo de caso