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Litigación Civil · Plazo Improrrogable de 20 Días Hábiles (Art. 815 LEC)

Abogado para oposición a juicio monitorio y defensa ante reclamaciones de deuda

Si has recibido un requerimiento de pago del juzgado dispones de un plazo improrrogable de 20 días hábiles para presentar escrito de oposición fundado (arts. 815 y 818 LEC): si no te opones a tiempo, el acreedor despacha ejecución y embarga tus cuentas o bienes directamente.

⚠️ Plazo procesal fatal · Arts. 815.1, 816 y 818 LEC

20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación del juzgado

Si la cuantía reclamada supera los 2.000 €, el escrito de oposición debe ir obligatoriamente firmado por abogado y procurador (art. 818.1 LEC). Además, la oposición ya no puede ser una simple frase: el art. 815.1 LEC exige exponer de forma fundada y motivada las razones por las que no se debe todo o parte del importe.

Atención por abogado colegiado (ICAM 68.400) Hoja de encargo escrita antes de actuar (RD 135/2021) Expediente con seguimiento online

Supuestos frecuentes y base legal

¿En qué situaciones actuamos y qué exige la ley?

Arts. 815.4 y 818 LEC · Ley de Usura 1908

Monitorio de fondo buitre, entidad financiera o tarjeta revolving

Alegación de falta de legitimación activa (cesión de crédito no acreditada), prescripción de 5 años (art. 1964.2 CC), intereses remuneratorios usurarios (STS 258/2023) y cláusulas abusivas de vencimiento anticipado o comisiones.

Arts. 1100, 1124 y 1258 CC · Art. 818 LEC

Reclamación de facturas comerciales o servicios con incumplimiento previo

Oposición por excepción de contrato no cumplido (exceptio non adimpleti contractus) o cumplido defectuosamente cuando un proveedor, contratista o empresa reclama facturas de trabajos mal ejecutados o no aceptados.

Arts. 556, 557, 607 y 695 LEC

Oposición a ejecución dineraria, hipotecaria o embargo excesivo

Defensa en el plazo de 10 días hábiles frente a despachos de ejecución de títulos judiciales o extrajudiciales y control de inembargabilidad del SMI y tramos del art. 607 LEC.

Referencia legal verificada (BOE 2026)

Efectos legales tras recibir un proceso monitorio (LEC 2026)

Actuación en los 20 días hábiles Consecuencia procesal inmediata ¿Abogado obligatorio? Artículo BOE
No hacer nada ni comparecer Decreto dando por terminado el monitorio y despacho de embargo con interés procesal (interés legal + 2 puntos) — Arts. 816 y 576 LEC
Presentar oposición fundada (cuantía ≤ 2.000 €) Se transforma en juicio verbal (10 días de traslado al actor para impugnar) No obligatorio (recomendable si el actor lleva abogado) Arts. 31.2 y 818.2 LEC
Presentar oposición fundada (2.000,01 € a 15.000 €) Se transforma en juicio verbal con trámites del art. 818.2 LEC Sí, abogado y procurador obligatorios Arts. 250.2 y 818 LEC
Presentar oposición fundada (> 15.000 €) El acreedor tiene 1 mes para presentar demanda de juicio ordinario; si no lo hace, se sobresee y condena en costas Sí, abogado y procurador obligatorios Arts. 249.2 y 818.2 LEC

Procedimiento paso a paso

Cómo trabajamos tu expediente desde la primera llamada

01

Cómputo exacto del vencimiento de los 20 días hábiles

Verificamos la fecha del sello de recepción de la cédula judicial, descontamos inhábiles y analizamos la documentación adjuntada por el demandante al amparo del art. 812 LEC.

02

Auditoría de prescripción, legitimación y abusividad

Comprobamos si han transcurrido más de 5 años sin reclamación fehaciente (art. 1964.2 CC), si existen intereses o comisiones nulas de pleno derecho y si se cumplió el control de oficio del art. 815.4 LEC.

03

Redacción y presentación telemática del escrito de oposición (LexNET)

Presentamos en plazo el escrito motivado con abogado y procurador (apoderamiento apud acta electrónico gratuito art. 24 LEC), impidiendo el decreto de archivo y embargo inmediato.

04

Defensa en juicio verbal (≤ 15.000 €) u ordinario (> 15.000 €)

Tras la oposición (art. 818.2 LEC), defendemos tu posición en la impugnación del juicio verbal o frente a la demanda de juicio ordinario, o negociamos quita transaccional homologada judicialmente.

José Enrique Rodríguez Zarza · Abogado ICAM 68.400
ICAM n.º 68.400 · Ejerciente

Enrique Zarza

José Enrique Rodríguez Zarza · Socio fundador

Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, Máster en Práctica Jurídica y Alta Dirección Empresarial en el Instituto Internacional San Telmo. Más de 30 años de ejercicio colegiado.

Hitos procesales y LegalTech verificados

Dirección letrada de la primera denuncia que abrió la causa penal del Caso Soltec en la Audiencia Nacional (Auto 704/2026 de la Sala de lo Penal, causa con 428 inversores personados) e impulsor del Registro de Impagados Judiciales (RIJ) junto al Consejo General de la Abogacía Española.

Transparencia de honorarios y secreto profesional

Toda actuación está amparada por el secreto profesional (art. 542.3 LOPJ). Antes de presentar ningún escrito o asumir un encargo recibirás hoja de encargo escrita con presupuesto desglosado conforme a los arts. 27 y 48 del Estatuto General de la Abogacía (RD 135/2021).

Dudas frecuentes antes de contratar abogado

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si solo reservo argumentos para el juicio y en el monitorio pongo únicamente «no debo esa cantidad»?
El juzgado inadmitirá o desestimará tu oposición: desde la reforma del artículo 815.1 de la LEC, el deudor debe alegar de forma fundada y motivada las razones por las que considera que no debe en todo o en parte la cantidad reclamada. Todo motivo de fondo o prescripción no invocado en el escrito de oposición no podrá introducirse después.
Si un fondo buitre me reclama una deuda antigua de tarjeta o préstamo, ¿puede estar prescrita?
Muy frecuentemente sí: las acciones personales prescriben a los 5 años (art. 1964.2 del Código Civil) si el acreedor no puede demostrar haberte enviado un requerimiento fehaciente con acuse de recepción que interrumpiera el plazo conforme al art. 1973 CC. Pero el juez no aplica la prescripción de oficio: debes alegarla expresamente en los 20 días de oposición.
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