Abogado para reclamar finiquito impagado, nóminas y horas extra
Si la empresa no te abona la liquidación final, vacaciones no disfrutadas, pagas extra o nóminas atrasadas, dispones de 1 año para reclamarlos (art. 59.1 ET) exigiendo además un 10 % anual de recargo por mora salarial (art. 29.3 ET) o incluso la extinción indemnizada con 33 días por año si sigues en alta con retrasos graves (art. 50 ET).
Plazo de prescripción · Art. 59.1 ET y Ley Orgánica 1/2025
1 año de prescripción + extinción con 33 días/año ante impagos reiterados
Las cantidades salariales prescriben al año desde que pudieron reclamarse (y presentar la papeleta SMAC interrumpe y reinicia el año entero, art. 1973 CC). Si sigues trabajando y acumulas 3 mensualidades completas impagadas en un año o retrasos superiores a 15 días durante 6 meses (art. 50.1.b ET reformado por LO 1/2025), puedes pedir al juez extinguir tu contrato cobrando la indemnización máxima de 33 días por año y derecho a paro.
Supuestos frecuentes y base legal
¿En qué situaciones actuamos y qué exige la ley?
Finiquito no abonado tras despido, fin de contrato o baja voluntaria
Reclamación de días trabajados del último mes, vacaciones devengadas y no disfrutadas, parte proporcional de pagas extraordinarias, comisiones y bonus pendientes más el 10 % de mora del art. 29.3 ET.
Impagos o retrasos continuados de nóminas estando en activo (Art. 50 ET)
Nunca pidas la baja voluntaria si no te pagan (perderías indemnización y paro). La vía del art. 50 ET permite romper el contrato por incumplimiento empresarial cobrando 33 días por año y prestación por desempleo.
Empresa insolvente o desaparecida: garantía salarial de FOGASA
Para que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) abone salarios pendientes (hasta el doble del SMI diario × 120 días), no basta un acuerdo privado ni siquiera siempre el SMAC: en salarios exige acta de conciliación judicial o sentencia más declaración de insolvencia/concurso (art. 33.1 ET).
Referencia legal verificada (BOE 2026)
Derechos y plazos al reclamar salarios y finiquito (BOE 2026)
| Concepto reclamado | Plazo legal | Recargo / Indemnización | Norma BOE |
|---|---|---|---|
| Finiquito, nóminas, pagas extra y vacaciones | 1 año (prescripción interrumpible) | +10 % anual de interés por mora sobre conceptos salariales | Arts. 29.3 y 59.1 ET |
| Proceso monitorio laboral rápido | Dentro del año de prescripción | Para deudas líquidas ≤ 6.000 € (requerimiento en 10 días) | Art. 101 LRJS |
| Autodespido indemnizado por impago (art. 50) | Mientras persista el incumplimiento | 33 días/año (tope 24 mens.) + derecho a paro SEPE | Art. 50.1.b ET (LO 1/2025) |
| Cobertura FOGASA en insolvencia empresarial | 1 año desde sentencia o auto insolvencia | Salarios: hasta 2×SMI diario × 120 días (requiere título judicial) | Art. 33.1 y 33.7 ET |
Procedimiento paso a paso
Cómo trabajamos tu expediente desde la primera llamada
Desglose exacto de conceptos según tu Convenio Colectivo
Calculamos pluses de convenio, diferencias salariales del último año, horas extra registradas o probadas (art. 34.9 y 35 ET), vacaciones y el 10 % de interés por mora salarial.
Papeleta de conciliación de cantidad ante el SMAC
Interrumpe de inmediato el plazo de prescripción de 1 año (art. 65.2 LRJS). Si la empresa no acude sin causa justificada y luego pierde, el juez le impone costas de hasta 600 € (art. 66.3 LRJS).
Proceso monitorio social rápido o demanda ordinaria
Si la deuda no supera 6.000 €, es vencida y exigible y la empresa no está en concurso, valoramos el proceso monitorio laboral rápido (art. 101 LRJS: requerimiento de pago en 10 días) o procedimiento ordinario.
Ejecución forzosa y expediente ante FOGASA si hay insolvencia
Embargo judicial de cuentas y facturación de la empresa o tramitación íntegra de la prestación de garantía salarial ante FOGASA tras el decreto de insolvencia.
Enrique Zarza
José Enrique Rodríguez Zarza · Socio fundador
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, Máster en Práctica Jurídica y Alta Dirección Empresarial en el Instituto Internacional San Telmo. Más de 30 años de ejercicio colegiado.
Hitos procesales y LegalTech verificados
Dirección letrada de la primera denuncia que abrió la causa penal del Caso Soltec en la Audiencia Nacional (Auto 704/2026 de la Sala de lo Penal, causa con 428 inversores personados) e impulsor del Registro de Impagados Judiciales (RIJ) junto al Consejo General de la Abogacía Española.
Transparencia de honorarios y secreto profesional
Toda actuación está amparada por el secreto profesional (art. 542.3 LOPJ). Antes de presentar ningún escrito o asumir un encargo recibirás hoja de encargo escrita con presupuesto desglosado conforme a los arts. 27 y 48 del Estatuto General de la Abogacía (RD 135/2021).
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Preguntas frecuentes
Si dimito yo (baja voluntaria), ¿tengo derecho a cobrar el finiquito?
La empresa lleva 3 meses sin pagarme la nómina: ¿puedo dejar de ir a trabajar?
¿FOGASA paga los salarios si llego a un acuerdo en el SMAC administrativo?
¿Se aplica el 10 % de interés de mora a todos los conceptos?
¿Cuánto cuesta reclamar un finiquito o nóminas pendientes?
Consultas directas por tipo de caso