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No me pagan el finiquito: pasos para reclamar al empresario

El finiquito debe abonarse el día del cese o, a más tardar, en la siguiente nómina. Si la empresa se retrasa, tienes 1 año para reclamar cantidades (art. 59.2 <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430" target="_blank" rel="noopener">Estatuto de los Trabajadores</a>) y hasta 20 días para impugnar la extinción.

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Pasos

  1. Burofax formal exigiendo el pago.
  2. Papeleta de conciliación en el SMAC (gratis).
  3. Demanda en el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo.
  4. Si la empresa es insolvente: FOGASA cubre hasta 120 días de salario.

Intereses por mora

Un 10 % anual sobre el importe impagado (art. 29.3 ET).

¿Qué dice la ley?

En caso de no pago del finiquito, es importante conocer los artículos legales que regulan esta situación. El Art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece un interés por mora del 10% anual sobre el importe impagado. Además, la Ley de Procedimiento Laboral (LRJS) regula la reclamación del pago de salarios de tramitación en su Art. 116. También es relevante el Art. 288 de la LRJS, que se refiere a la liquidación e ingreso de cantidades correspondientes a prestaciones de pago periódico de la Seguridad Social. Es importante consultar el texto legal vigente para conocer los detalles específicos de cada artículo.

Pasos prácticos

  1. Paso 1: Enviar un burofax formal exigiendo el pago del finiquito a la empresa.
  2. Paso 2: Presentar una papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de forma gratuita.
  3. Paso 3: Si no hay acuerdo, interponer una demanda en el Juzgado de lo Social.
  4. Paso 4: Si la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) cubre hasta 120 días de salario.
  5. Paso 5: Calcular los intereses por mora, que ascienden a un 10% anual sobre el importe impagado, según el Art. 29.3 ET.
  6. Paso 6: Reclamar el pago de salarios de tramitación, si corresponde, de acuerdo con el Art. 116 de la LRJS.
  7. Paso 7: Verificar la liquidación e ingreso de cantidades correspondientes a prestaciones de pago periódico de la Seguridad Social, según el Art. 288 de la LRJS.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para reclamar el pago del finiquito?

El plazo para reclamar el pago del finiquito varía según las circunstancias, pero generalmente se debe reclamar dentro de un plazo razonable después de la fecha de pago acordada.

¿Qué es el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)?

El FOGASA es un fondo que cubre hasta 120 días de salario en caso de insolvencia de la empresa.

¿Cuál es el interés por mora establecido por la ley?

El interés por mora establecido por la ley es del 10% anual sobre el importe impagado, según el Art. 29.3 ET.

¿Dónde debo presentar la papeleta de conciliación?

La papeleta de conciliación debe presentarse en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de forma gratuita.

¿Qué es la liquidación e ingreso de cantidades correspondientes a prestaciones de pago periódico de la Seguridad Social?

La liquidación e ingreso de cantidades correspondientes a prestaciones de pago periódico de la Seguridad Social se refiere al proceso de cálculo y pago de las prestaciones de la Seguridad Social, regulado por el Art. 288 de la LRJS.

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Última actualización: 10 de June de 2026

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Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
1 año para reclamar cantidades desde la fecha en que debieron pagarse.
¿Y si la empresa ha desaparecido?
Acude a FOGASA con la sentencia o la conciliación firme.

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