Guía jurídica
No me pagan el finiquito: pasos para reclamar al empresario
El finiquito debe abonarse el día del cese o, a más tardar, en la siguiente nómina. Si la empresa se retrasa, tienes 1 año para reclamar cantidades (art. 59.2 <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430" target="_blank" rel="noopener">Estatuto de los Trabajadores</a>) y hasta 20 días para impugnar la extinción.
Consulta gratis con IA jurídicaPasos
- Burofax formal exigiendo el pago.
- Papeleta de conciliación en el SMAC (gratis).
- Demanda en el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo.
- Si la empresa es insolvente: FOGASA cubre hasta 120 días de salario.
Intereses por mora
Un 10 % anual sobre el importe impagado (art. 29.3 ET).
Dudas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
¿Y si la empresa ha desaparecido?
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