Abogado laboralista para despido improcedente, objetivo o nulo
El plazo para impugnar un despido caduca a los 20 días hábiles (art. 59.3 ET): si se agota, pierdes la indemnización. Revisamos tu carta de despido, antigüedad real y salario regulador para reclamar ante el SMAC y el Juzgado de lo Social.
⚠️ Urgencia crítica · Art. 59.3 ET y Art. 103.1 LRJS
Solo tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido
No cuentan sábados, domingos ni festivos de la sede del juzgado, pero el mes de agosto SÍ es hábil en procesos de despido (art. 43.4 LRJS). Presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC suspende el reloj de caducidad hasta un máximo de 15 días hábiles (art. 65.1 LRJS). Al recibir documentos, firma siempre «No conforme» y pon la fecha.
Supuestos frecuentes y base legal
¿En qué situaciones actuamos y qué exige la ley?
Despido disciplinario sin pruebas ("bajo rendimiento")
La empresa suele usar cartas genéricas para pagar 0 € de indemnización. En el juicio la carga de probar los hechos recae íntegra sobre la empresa: si no los acredita, pasa a 33 días por año (45/33 si entraste antes del 12/02/2012).
Despido objetivo económico u organizativo mal hecho
Verificamos si la empresa puso los 20 días por año simultáneamente a tu disposición en el momento de entregar la carta y si las pérdidas o causas organizativas son reales; cualquier defecto formal o de fondo eleva la indemnización a 33 días.
Despido nulo en baja médica, embarazo o conciliación
Despedir por razón de enfermedad/baja médica (Ley 15/2022), embarazo, reducción de jornada o reclamación previa de derechos conlleva nulidad: readmisión obligatoria, cobro de salarios de tramitación e indemnización adicional por daños morales (art. 183 LRJS).
Referencia legal verificada (BOE 2026)
Tabla oficial de indemnizaciones por despido en España (BOE 2026)
| Calificación del despido | Indemnización legal | Tope máximo | Artículo BOE |
|---|---|---|---|
| Improcedente (desde 12/02/2012) | 33 días de salario bruto por año trabajado (prorrateo mensual) | 24 mensualidades (720 días) | Art. 56.1 ET |
| Improcedente mixto (antes 12/02/2012) | 45 días/año tramo anterior + 33 días/año tramo posterior | 720 días (hasta 42 mens. si el primer tramo lo supera) | DT 11.ª ET |
| Objetivo procedente (causas ETOP) | 20 días de salario por año (puesta a disposición simultánea) | 12 mensualidades (360 días) | Art. 53.1.b ET |
| Despido nulo (baja discriminatoria, embarazo, DDFF) | Readmisión obligatoria + 100 % salarios de tramitación + posible daño moral | Sin tope en salarios devengados | Art. 55.6 ET y art. 183 LRJS |
Procedimiento paso a paso
Cómo trabajamos tu expediente desde la primera llamada
Auditoría de carta, nóminas y antigüedad real
Comprobamos contratos temporales encadenados, bonus, variables en especie y defectos formales de la carta (art. 55.1 y 53.1 ET) junto con el cómputo exacto del día 20 hábil.
Redacción y registro de Papeleta SMAC / CMAC
Presentamos la papeleta de conciliación administrativa previa obligatoria (art. 63 LRJS) deteniendo de inmediato la caducidad y fijando todas las pretensiones (en el juicio no se pueden añadir hechos nuevos, art. 80.1.c LRJS).
Negociación en conciliación y blindaje fiscal IRPF
La indemnización por despido improcedente solo queda exenta de IRPF hasta 180.000 € si se reconoce en acto de conciliación SMAC o resolución judicial (art. 7.e Ley 35/2006 LIRPF), nunca en acuerdo privado fuera del SMAC.
Demanda ante el Juzgado de lo Social
Si la empresa no ofrece la cuantía procedente en el SMAC, interponemos demanda judicial dentro de los días hábiles restantes, donde la empresa está obligada a probar cada hecho de su carta (art. 105.1 LRJS).
Enrique Zarza
José Enrique Rodríguez Zarza · Socio fundador
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, Máster en Práctica Jurídica y Alta Dirección Empresarial en el Instituto Internacional San Telmo. Más de 30 años de ejercicio colegiado.
Hitos procesales y LegalTech verificados
Dirección letrada de la primera denuncia que abrió la causa penal del Caso Soltec en la Audiencia Nacional (Auto 704/2026 de la Sala de lo Penal, causa con 428 inversores personados) e impulsor del Registro de Impagados Judiciales (RIJ) junto al Consejo General de la Abogacía Española.
Transparencia de honorarios y secreto profesional
Toda actuación está amparada por el secreto profesional (art. 542.3 LOPJ). Antes de presentar ningún escrito o asumir un encargo recibirás hoja de encargo escrita con presupuesto desglosado conforme a los arts. 27 y 48 del Estatuto General de la Abogacía (RD 135/2021).
Recursos gratuitos de apoyo
Calcula cifras orientativas y consulta nuestras guías del BOE
Calculadora de indemnización por despido (33/45/20 días)
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Calculadora de finiquito y vacaciones pendientes
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Escrito de impugnación de despido nulo (baja/embarazo)
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Burofax urgente ante despido verbal sin carta
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Despido improcedente: derechos e indemnización
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Preguntas frecuentes
He firmado la carta de despido o el finiquito sin poner «No conforme», ¿puedo reclamar?
¿Por qué no debo aceptar un acuerdo privado con la empresa sin pasar por el SMAC?
¿Si pierdo el juicio laboral tengo que pagar las costas del abogado de la empresa?
¿Qué pasa si la empresa me echa de palabra o me saca del grupo de WhatsApp sin darme carta?
¿Cómo funcionan los honorarios para reclamar mi despido?
Consultas directas por tipo de caso