Abogado para conflictos de socios, junta general e impugnación de acuerdos (LSC)
Defendemos socios minoritarios, administradores y sociedades ante bloqueos societarios, denegación del derecho de información (art. 196 LSC), nombramiento de auditor y presencia de notario en junta con el 5 % del capital (arts. 203 y 265.2 LSC) e impugnación de acuerdos abusivos (art. 204 LSC).
🚨 Plazos societarios críticos · Arts. 196, 203, 205 y 265.2 LSC
5 días antes de la junta para notario · 3 meses para auditor · 1 año para impugnar
Si posees al menos el 5 % del capital social en una SL (1 % en SA), puedes exigir acta notarial solicitándolo al menos 5 días antes de la junta (art. 203 LSC) y auditor de cuentas en los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio (art. 265.2 LSC). La acción de impugnación de acuerdos sociales caduca al año (art. 205 LSC).
Supuestos frecuentes y base legal
¿En qué situaciones actuamos y qué exige la ley?
Bloqueo de socio minoritario, negativa de cuentas o dilución
Activación de los derechos de minoría con ≥ 5 % del capital: solicitud de convocatoria de junta, requerimiento de acta notarial, designación registral de auditor de cuentas y ejercicio del derecho de información previo.
Impugnación de acuerdos impuestos de forma abusiva por la mayoría
Anulación de acuerdos que, aun sin causar daño directo al patrimonio social, se imponen por la mayoría en interés propio y en detrimento injustificado de los demás socios (retribuciones desproporcionadas del administrador, retención sistemática de dividendos, ampliaciones dilutorias).
Responsabilidad de administradores por deudas o administración desleal
Acción social e individual de responsabilidad contra el administrador y acción objetiva de responsabilidad solidaria por deudas sociales cuando no convoca junta de disolución o concurso en el plazo de 2 meses (arts. 363 y 367 LSC).
Referencia legal verificada (BOE 2026)
Derechos legales del socio según porcentaje de capital en SL (LSC 2026)
| Actuación societaria | Capital mínimo en SL | Plazo legal | Artículo BOE |
|---|---|---|---|
| Impugnar acuerdo social contrario a la ley, estatutos o interés social | ≥ 1 % del capital (o cualquier socio si es orden público) | 1 año de caducidad desde adopción o inscripción | Arts. 204–206 LSC |
| Exigir presencia de Notario para levantar acta de la junta | ≥ 5 % del capital social | Al menos 5 días antes de la fecha de la junta | Art. 203.1 LSC |
| Solicitar al Registrador Mercantil auditor de cuentas de la sociedad | ≥ 5 % del capital social | Dentro de los 3 meses desde el cierre del ejercicio | Art. 265.2 LSC |
| Derecho de información en SL sin que el administrador pueda negarlo | ≥ 25 % del capital social | Antes de la junta o durante la misma | Art. 196.3 LSC |
Procedimiento paso a paso
Cómo trabajamos tu expediente desde la primera llamada
Auditoría de estatutos, pacto de socios y libro de actas
Analizamos el porcentaje exacto de participación, régimen de mayorías reforzadas, cláusulas de arrastre/acompañamiento (drag/tag along) y defectos de convocatoria (arts. 173 y 174 LSC).
Estrategia pre-junta: requerimiento de información y presencia notarial
Preparamos el escrito formal del art. 196 LSC, requerimos acta notarial de junta (art. 203 LSC) y asistimos o representamos al socio en la junta general dejando constancia fehaciente de las reservas e intervenciones.
Negociación MASC (LO 1/2025) o pacto de salida / compraventa de participaciones
Formulamos oferta confidencial de desbloqueo, valoración de participaciones para separación o exclusión de socios (arts. 346 y 350 LSC) cumpliendo el requisito de procedibilidad de la LO 1/2025.
Demanda ante el Juzgado de lo Mercantil y medidas cautelares
Impugnación judicial de acuerdos sociales con solicitud de suspensión cautelar y anotación preventiva de demanda en el Registro Mercantil (arts. 727.5.ª y 727.6.ª LEC).
Enrique Zarza
José Enrique Rodríguez Zarza · Socio fundador
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, Máster en Práctica Jurídica y Alta Dirección Empresarial en el Instituto Internacional San Telmo. Más de 30 años de ejercicio colegiado.
Hitos procesales y LegalTech verificados
Dirección letrada de la primera denuncia que abrió la causa penal del Caso Soltec en la Audiencia Nacional (Auto 704/2026 de la Sala de lo Penal, causa con 428 inversores personados) e impulsor del Registro de Impagados Judiciales (RIJ) junto al Consejo General de la Abogacía Española.
Transparencia de honorarios y secreto profesional
Toda actuación está amparada por el secreto profesional (art. 542.3 LOPJ). Antes de presentar ningún escrito o asumir un encargo recibirás hoja de encargo escrita con presupuesto desglosado conforme a los arts. 27 y 48 del Estatuto General de la Abogacía (RD 135/2021).
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Dudas frecuentes antes de contratar abogado
Preguntas frecuentes
Tengo entre un 5 % y un 30 % de una SL y el administrador no me enseña las cuentas ni reparte beneficios, ¿qué puedo hacer?
¿Puedo ir acompañado de mi abogado a la junta general de socios?
¿Cuándo responde el administrador con su propio patrimonio personal de las deudas de la SL?
Consultas directas por tipo de caso