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Calculadora · Deudas y Ejecución Civil · Art. 607 LEC

Calculadora de embargo de nómina y sueldo 2026

Calcula al céntimo cuánto te pueden retener cada mes de tu nómina o pensión aplicando la escala oficial del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el mínimo inembargable del SMI vigente (1.221 €) y la rebaja legal del 10 % al 15 % por cargas familiares.

Datos de tu nómina neta y cargas

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Escala oficial de tramos de embargo de nómina en 2026 (art. 607 LEC)

Tanto los Juzgados (en ejecuciones civiles, préstamos o tarjetas) como la Agencia Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social y los Ayuntamientos están obligados a respetar de forma estricta la escala progresiva del artículo 607 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil:

Tramo de sueldo neto mensual 14 pagas (SMI 1.221 €) 12 pagas prorrateadas % General Con rebaja cargas (-10% a -15%)
Hasta 1 SMI Hasta 1.221,00 € Hasta 1.424,50 € 0 % (Inembargable) 0 %
De 1 a 2 SMI 1.221,01 € – 2.442,00 € 1.424,51 € – 2.849,00 € 30 % 15 % – 20 %
De 2 a 3 SMI 2.442,01 € – 3.663,00 € 2.849,01 € – 4.273,50 € 50 % 35 % – 40 %
De 3 a 4 SMI 3.663,01 € – 4.884,00 € 4.273,51 € – 5.698,00 € 60 % 45 % – 50 %
De 4 a 5 SMI 4.884,01 € – 6.105,00 € 5.698,01 € – 7.122,50 € 75 % 60 % – 65 %
Exceso sobre 5 SMI Más de 6.105,00 € Más de 7.122,50 € 90 % 90 % (sin rebaja legal)

Fuentes oficiales del BOE

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Preguntas frecuentes sobre el embargo de nómina

¿Cuánto es el mínimo inembargable de la nómina o pensión en 2026?

Según el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), es inembargable el salario, sueldo, pensión o retribución que no exceda de la cuantía señalada para el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2026 el SMI está fijado en 1.221 € netos mensuales en 14 pagas (o 1.424,50 € mensuales si tienes las dos pagas extraordinarias prorrateadas en 12 mensualidades). La única excepción legal es el embargo para pagar pensiones de alimentos debidas a los hijos o al cónyuge (artículo 608 LEC), donde el juez fija directamente el importe a retener aunque cobres menos del SMI.

¿Cómo se calculan los porcentajes del artículo 607 de la LEC si cobro más del SMI?

El embargo nunca se aplica sobre el total de tu sueldo, sino por tramos escalonados sobre lo que supere el SMI neto: los primeros 1.221 € están blindados al 0 %; del 1.º al 2.º SMI (de 1.221,01 € a 2.442 €) se embarga el 30 %; del 2.º al 3.º SMI (de 2.442,01 € a 3.663 €) el 50 %; del 3.º al 4.º SMI (de 3.663,01 € a 4.884 €) el 60 %; del 4.º al 5.º SMI (de 4.884,01 € a 6.105 €) el 75 %; y de todo lo que exceda del 5.º SMI se embarga el 90 %.

¿Cómo se reduce el embargo de nómina si tengo hijos o familiares a cargo?

El artículo 607.4 de la LEC permite al Letrado de la Administración de Justicia (o al órgano de recaudación de Hacienda/Seguridad Social) rebajar entre un 10 % y un 15 % los porcentajes aplicables a los cuatro primeros tramos embargables (los del 30 %, 50 %, 60 % y 75 %) en atención a las cargas familiares del deudor. Para aplicarlo debes presentar escrito acreditando el Libro de Familia, empadronamiento y falta de ingresos propios de los familiares dependientes.

¿Qué pasa el mes que cobro la paga extra de verano o Navidad?

Si cobras en 14 pagas y en junio o diciembre percibes en la misma nómina tu mensualidad ordinaria más la paga extraordinaria, en ese mes concreto tu límite inembargable equivale a dos veces el SMI mensual (2 × 1.221 € = 2.442 €) si se acumulan o a 1 SMI en cada recibo independiente, aplicándose la escala del artículo 607 LEC sobre el exceso de cada percepción.

¿Me pueden embargar en el banco el dinero que ya ha sobrado de mi nómina embargada?

El saldo que pertenece a tu nómina del mes en curso (una vez practicada la retención por tu empresa o siendo inferior al SMI) conserva su carácter inembargable. Sin embargo, el artículo 607.7 LEC y la doctrina de la Dirección General de Tributos advierten que el dinero que no gastes y permanezca acumulado en la cuenta corriente tras cobrar la nómina del mes siguiente pasa a considerarse «ahorro patrimonial» embargable sin el límite del SMI.

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