Legia.es
Laboral

Vacaciones no disfrutadas indemnización

Vacaciones no disfrutadas indemnización En España, los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un período de vacaciones anuales retribuidas, que no puede ser inferior a 30 días naturales, según el

Actualizado: 3 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

Vacaciones no disfrutadas indemnización

En España, los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un período de vacaciones anuales retribuidas, que no puede ser inferior a 30 días naturales, según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Sin embargo, en algunos casos, los trabajadores pueden no disfrutar de sus vacaciones, lo que puede generar derecho a una indemnización. En esta guía, se explicará cómo funciona la indemnización por vacaciones no disfrutadas y qué derechos tienen los trabajadores en este sentido.

¿Qué son las vacaciones no disfrutadas?

Las vacaciones no disfrutadas se refieren a aquellos días de vacaciones que el trabajador no ha podido disfrutar debido a various motivos, como la finalización del contrato de trabajo, el despido o la jubilación. En estos casos, el trabajador puede tener derecho a una indemnización por las vacaciones no disfrutadas.

¿Cómo se calcula la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

La indemnización por vacaciones no disfrutadas se calcula en función de los días de vacaciones que el trabajador no ha podido disfrutar. Según el artículo 38 del ET, el período de vacaciones anuales retribuidas no puede ser inferior a 30 días naturales. Por lo tanto, si el trabajador no ha podido disfrutar de sus vacaciones, puede tener derecho a una indemnización equivalente al salario que hubiera percibido durante ese período.

¿Qué ley regula la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

La indemnización por vacaciones no disfrutadas está regulada por el Estatuto de los Trabajadores (ET) y la Ley de la Seguridad Social (LGSS). Según el artículo 38 del ET, el trabajador tiene derecho a una indemnización por las vacaciones no disfrutadas en caso de finalización del contrato de trabajo o despido. Por otro lado, la LGSS establece que el trabajador puede tener derecho a una indemnización por vacaciones no disfrutadas en caso de jubilación o incapacidad permanente.

¿Cuándo se puede solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

La indemnización por vacaciones no disfrutadas se puede solicitar en el momento de la finalización del contrato de trabajo, el despido o la jubilación. Es importante que el trabajador solicite la indemnización por vacaciones no disfrutadas lo antes posible, ya que el plazo para solicitarla puede ser limitado.

¿Qué documentación se necesita para solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

Para solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas, el trabajador necesita presentar la siguiente documentación:

  • Contrato de trabajo
  • Comprobante de pago de salarios
  • Comprobante de vacaciones no disfrutadas
  • Carta de despido o finalización del contrato de trabajo
  • Documentación de la Seguridad Social
Tipo de indemnización Importe
Indemnización por vacaciones no disfrutadas Salario equivalente a los días de vacaciones no disfrutadas
Indemnización por despido improcedente 45 días de salario por año de servicio

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

El plazo para solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas puede variar dependiendo de la situación, pero generalmente es de 30 días desde la finalización del contrato de trabajo o el despido.

¿Puedo solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas si he sido despedido?

Sí, si has sido despedido, puedes solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas.

¿Cuál es el importe de la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

El importe de la indemnización por vacaciones no disfrutadas es equivalente al salario que hubieras percibido durante el período de vacaciones no disfrutadas.

¿Puedo solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas si me he jubilado?

Sí, si te has jubilado, puedes solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas.

¿Dónde puedo solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas?

Puedes solicitar la indemnización por vacaciones no disfrutadas en la oficina de la Seguridad Social o en el juzgado de lo social.

Información orientativa, no asesoramiento jurídico vinculante.

Fuentes legales

Esta guía se basa en legislación vigente del Boletín Oficial del Estado (BOE) y jurisprudencia del CENDOJ disponible en la fecha de actualización indicada. Los artículos citados son verificables en boe.es y CENDOJ.

Esta guía es orientación informativa, no asesoramiento jurídico vinculante. Para situaciones con consecuencias jurídicas directas, consulta con un abogado colegiado.

¿Aplica a tu caso?

Plantéalo a la IA.
Respuesta en 2 minutos con el artículo exacto.

Sin registro. Sin pago. La IA cita el BOE artículo por artículo y te dice si necesitas abogado.

Consultar gratis

Herramientas que pueden ayudarte ahora

También te puede interesar

Última actualización: 13 de May de 2026

Contenido generado con IA jurídica supervisada por abogados colegiados y verificado contra el BOE en tiempo real. Si encuentras un error, avísanos.

¿Tienes una duda legal?

Plantea tu caso. Te respondemos en menos de 2 minutos, con los artículos del BOE en la mano.

Orientación preliminar gratuita. Sin compromiso. Si tu caso necesita un abogado colegiado, te lo decimos antes de seguir.