Artículo 24 LOPJM: Adopción de menores
Norma: Ley de Protección Jurídica del Menor (LO 1/1996) · Fuente oficial: BOE-A-1996-1069 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 24 LOPJM en la práctica?
El artículo 24 de Ley de Protección Jurídica del Menor (LOPJM) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Familia y aborda específicamente «Adopción de menores».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (LO 1/1996 · BOE-A-1996-1069), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 24 LOPJM, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 24 LOPJM
¿Qué regula el artículo 24 de LOPJM (Ley de Protección Jurídica del Menor)?
El artículo 24 de Ley de Protección Jurídica del Menor (LO 1/1996) regula «Adopción de menores» dentro del ámbito de Derecho Familia. Su texto oficial consolidado establece: Adopción de menores. La adopción nacional e internacional se ajustará a lo establecido por la legislación civil aplicable. Se modifica por el art. 1.23 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470. Seleccionar redacción: Última actualización, publi...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 24 LOPJM en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1996-1069. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 24 LOPJM a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 24 LOPJM y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.