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RDPIRCOM-4112 · Artículo 7

Artículo 7 RDPIRCOM-4112: Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026

Norma: Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. (RDPIRCOM-4112) · Fuente oficial: BOE-A-2026-14112 en boe.es ↗

Artículo 7 RDPIRCOM-4112 — Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026
RDPIRCOM-4112 · Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el... BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 7. Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026

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Artículo 7. Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026. Con efectos desde el 1 de septiembre y vigencia hasta el 30 de septiembre de 2026, los tipos impositivos regulados en la Tarifa 1.ª del apartado 1 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, serán los siguientes: Epígrafe 1.1 Gasolinas con plomo: 433,79 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial. Epígrafe 1.2.1 Gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 389,06 euros por 1.000 litros de tipo general y 64,86 euros por 1.000 litros de tipo especial. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.2 Gasolina supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 260,50 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 43,42 euros por 1.000 litros. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.2 Gasolina no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, pero en el mes de junio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.2 Gasolina supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en julio el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 303,35 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 50,57 euros por 1.000 litros. Epígrafe 1.2.2 Las demás gasolinas sin plomo: 358,31 euros por 1.000 litros de tipo general y 64,38 euros por 1.000 litros de tipo especial. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.2 Gasolina supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 231,15 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 41,54 euros por 1.000 litros. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.2 Gasolina no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, pero en el mes de junio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.2 Gasolina supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en julio el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 273,54 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 49,15 euros por 1.000 litros. Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 266,50 euros por 1.000 litros de tipo general y 62,50 euros por 1.000 litros de tipo especial. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.1 Gasóleo supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 144,99 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 34,01 euros por 1.000 litros. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.1 Gasóleo no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, pero en el mes de junio de 2026 el IPC de la subclase 07.2.2.1 Gasóleo supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en julio el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 185,50 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 43,50 euros por 1.000 litros. Epígrafe 1.4 Gasóleos utilizables como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible: 63,31 euros por 1.000 litros de tipo general y 14,48 euros por 1.000 litros de tipo especial. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la clase 04.5.3 Combustibles líquidos supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de 17,09 euros por 1.000 litros y el tipo especial de 3,91 euros por 1.000 litros. Si en el mes de julio de 2026 el IPC de la clase 04.5.3 Combustibles líquidos no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística, pero en el mes de junio de 2026 el IPC de la clase 04.5.3 Combustibles líquidos supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior de acuerdo con la información que publique en julio el Instituto Nacional de Estadística, durante el mes de septiembre el tipo general será de...
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 7 RDPIRCOM-4112 en la práctica?

El artículo 7 de Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. (RDPIRCOM-4112) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Administrativo y aborda específicamente «Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RDPIRCOM-4112 · BOE-A-2026-14112), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 7 RDPIRCOM-4112, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 7 RDPIRCOM-4112

¿Qué regula el artículo 7 de RDPIRCOM-4112 (Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.)?

El artículo 7 de Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. (RDPIRCOM-4112) regula «Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026» dentro del ámbito de Derecho Administrativo. Su texto oficial consolidado establece: Artículo 7. Tipos impositivos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicables en el mes de septiembre de 2026. Con efectos desde el 1 de septiembre y vigencia hasta el 30 de septiembre de 2026, los tipos impositivos regulados en la Tarifa 1.ª del apartado 1 del artículo 5...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 7 RDPIRCOM-4112 en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2026-14112. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 7 RDPIRCOM-4112 a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 7 RDPIRCOM-4112 y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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