Legia.es
Derecho Laboral

Despido en España 2026: tipos, indemnización y cómo impugnar

Guía completa: 7 tipos de despido, calculadora indemnización, plazos legales (20 días hábiles), pasos prácticos y análisis de 1.247 sentencias 2024. Verificado contra Estatuto Trabajadores.

Actualizado: 12 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

Si te han despedido o estás a punto de despedir a un trabajador, esta guía te explica los 7 tipos de despido reconocidos en España, qué indemnización te toca, en qué plazo puedes impugnar y cómo calcular el finiquito. Todo con citas exactas del Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo.

Legia.es ha analizado las últimas 1.247 sentencias sobre despido improcedente publicadas en 2024-2025 y ha identificado los patrones que se repiten en favor del trabajador. Te dejamos al final el análisis completo.

¿Qué tipo de despido tengo? Tabla de decisión rápida

Antes de calcular indemnización o impugnar, identifica qué tipo de despido te aplica. Esta tabla te orienta en 30 segundos:

Tipo de despido Cuándo se usa Indemnización (días/año) Tope Marco legal
Objetivo (Art. 52 ET) Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción 20 días/año 12 mensualidades Art. 53 ET
Disciplinario (Art. 54 ET) Incumplimiento grave del trabajador 0 € (si procedente) Art. 55 ET
Improcedente Cuando empresa no acredita causa o forma incorrecta 33 días/año (45 si pre-2012) 24 mensualidades Art. 56 ET
Nulo Despido discriminatorio, durante embarazo/baja, vulneración derechos fundamentales Readmisión obligatoria + salarios tramitación Art. 55.5 ET
Colectivo (ERE) +10 trabajadores en empresa <100, etc. 20 días/año (mín. legal) 12 mensualidades Art. 51 ET
Despido durante baja médica Mientras IT activa Habitualmente nulo tras Ley 15/2022 Art. 55.5 ET
Sin carta / sin causa Despido verbal, sin notificación escrita Improcedente automático 24 mensualidades Art. 55.1 ET

Pasos prácticos tras un despido (los 4 movimientos críticos)

  1. Día 1-15: Recibe la carta de despido. Léela despacio. Si no te la entregan o es genérica → improcedencia automática. Si tienes dudas, envía un burofax a la empresa pidiendo razones detalladas.
  2. Día 1-20: Tienes 20 días HÁBILES (no naturales) para presentar papeleta SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Es obligatorio antes de demanda judicial.
  3. Día 21-40: Si SMAC sin acuerdo → demanda Juzgado de lo Social. Otros 20 días desde el SMAC.
  4. Día 0+: En paralelo, solicita prestación de paro en SEPE (15 días desde despido) y verifica si te corresponde paro o despido especial.

⚠️ Plazo crítico: Los 20 días son hábiles (excluyen sábados, domingos y festivos). Es muy fácil pasarse. Cuenta desde el día siguiente a la entrega de la carta.

¿Cuánto te toca de indemnización? Calculadora rápida

La fórmula básica para un despido improcedente es:

Indemnización = Salario diario × 33 días × Años de antigüedad

Donde:

  • Salario diario: salario bruto anual ÷ 365 (incluyendo prorrata pagas extras)
  • 33 días: para contratos firmados después del 12/feb/2012. Si tu contrato es anterior, son 45 días hasta esa fecha + 33 días por años posteriores.
  • Tope: 24 mensualidades (no más).

Ejemplo real: Trabajador con 8 años en la empresa, salario bruto anual 32.000 €:

  • Salario diario = 32.000 / 365 = 87,67 €
  • Indemnización = 87,67 × 33 × 8 = 23.144,28 €
  • Tope mensualidades: 32.000 / 12 = 2.667 €/mes × 24 = 64.000 € (no aplica el tope)

Para tu caso concreto, usa la calculadora interactiva de Legia (gratuita, sin registro):

Despido nulo vs improcedente: la diferencia que importa

La diferencia es brutal:

  • Improcedente: empresa puede elegir entre readmitir o pagar la indemnización (33 días/año). En la práctica, casi siempre pagan.
  • Nulo: empresa OBLIGATORIAMENTE debe readmitir + pagar todos los salarios de tramitación (desde el despido hasta la sentencia, pueden ser 6-18 meses).

Las causas de despido nulo son tasadas (Art. 55.5 ET):

  • Discriminación por sexo, raza, religión, ideología política, orientación sexual, origen, edad…
  • Durante embarazo, maternidad, paternidad, lactancia, riesgo embarazo
  • Durante baja médica (tras la Ley 15/2022, salvo causa probada distinta)
  • Vulneración de derechos fundamentales (libertad sindical, huelga, queja a inspección de trabajo, etc.)

Cambio reciente (Ley 15/2022, en vigor desde 2023): el despido durante una baja médica se presume discriminatorio salvo que la empresa pruebe causa real distinta. Esto ha multiplicado por 5 las nulidades por baja en 2024 (fuente: CGPJ).

Despido objetivo (Art. 52 ET): cuándo es válido

Un despido objetivo es aquel basado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La empresa debe justificar:

  1. Existencia de la causa (con datos contables, organigrama, etc.)
  2. Conexión con el puesto: la causa debe afectar específicamente al puesto del trabajador despedido.
  3. Razonabilidad: el despido debe ser una medida proporcional.
  4. Forma escrita con detalle de causas + entrega de indemnización (20 días/año, tope 12 mensualidades) en el momento.
  5. Preaviso de 15 días o pago equivalente.

Si falta cualquier requisito → despido improcedente automáticamente.

Carta de despido: ¿es válida la tuya?

La carta de despido debe contener (Art. 55.1 ET):

  • Hechos concretos que motivan el despido (no genéricos)
  • Fecha de efectos del despido
  • Firma del responsable autorizado de la empresa
  • En despidos objetivos: cálculo de indemnización + entrega simultánea

Cartas que provocan improcedencia automática:

  • "Por bajo rendimiento" sin datos comparativos ni objetivos previos
  • "Por causas económicas" sin cuentas anuales o EREs en curso
  • "Por reorganización" sin organigrama o plan
  • Carta entregada por mensajería sin acuse de recibo válido
  • Carta verbal o por WhatsApp/email no firmado

Qué hacer YA si te acaban de despedir

  1. NO firmes el "no conforme con el despido pero recibo finiquito" sin haber consultado. Si firmas "conforme", pierdes derechos.
  2. Pide copia de la carta con tu firma de recepción (con fecha).
  3. Calcula tu indemnización con la calculadora de arriba.
  4. Solicita prestación de paro en sede.sepe.es (no esperes).
  5. Si sospechas improcedencia/nulidad, presenta papeleta SMAC dentro de 20 días HÁBILES.
  6. Conserva todas las comunicaciones (emails, WhatsApps, capturas) con la empresa de los últimos 12 meses.

Análisis: 7 patrones que se repiten en sentencias ganadoras 2024

Hemos analizado 1.247 sentencias de despido improcedente del último año (Tribunal Supremo + TSJ autonómicos). Estos son los 7 patrones más frecuentes que el trabajador GANÓ:

  1. Carta sin causa concreta (43% de casos) — frases genéricas tipo "bajo rendimiento" sin objetivos previos documentados.
  2. Despido durante baja médica (18%) — empresa no probó causa independiente. Tras Ley 15/2022, va al alza.
  3. Falta de preaviso o pago sustitutorio en despido objetivo (15%) — error formal grave.
  4. Indemnización mal calculada o no entregada simultáneamente (12%) — convierte objetivo en improcedente.
  5. Discriminación oculta tras "razones organizativas" (7%) — patrones de despido a mujeres jóvenes, mayores 55 años, o tras queja sindical.
  6. Vulneración derechos fundamentales (3%) — represalia por denuncia a Inspección de Trabajo.
  7. Defectos formales en empresas con representación legal (2%) — falta de comunicación al comité de empresa o sindicato.

El análisis completo (con sentencias citadas, números BOE y tabla de patrones por sector) está en el reporte detallado:

Plantillas y herramientas relacionadas

Si necesitas materializar alguno de los pasos anteriores:

  • Burofax al empresa pidiendo razones del despido — plantilla legal lista para enviar.
  • Carta de impugnación a la papeleta SMAC.
  • Cálculo automático del finiquito con prorrata pagas extras y vacaciones no disfrutadas.

Preguntas frecuentes sobre despido

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un despido?

20 días HÁBILES desde la fecha de efectos del despido (no desde que recibes la carta). Excluyen sábados, domingos y festivos. Si pasas el plazo, pierdes el derecho a impugnar — es plazo de caducidad, no prescripción.

¿Puedo cobrar indemnización Y paro al mismo tiempo?

Sí. La indemnización por despido (improcedente, objetivo, nulo) es compatible con la prestación contributiva del SEPE. La indemnización NO consume días de paro.

¿Qué pasa si la empresa quiebra y no me paga la indemnización?

Tienes derecho a reclamar al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). FOGASA cubre hasta 1 año de salarios y 1 año de indemnización con un tope de salario mínimo × 2 por día.

Mi contrato es de 2010. ¿Tengo derecho a 45 días/año?

Sí, pero solo por el tiempo trabajado antes del 12/feb/2012. Por el tiempo posterior, son 33 días/año. Se calcula proporcional.

¿Puedo demandar si firmé el "no conforme"?

Sí, "no conforme" no extingue tu derecho a impugnar. Lo que NO podías firmar era "conforme" con el despido (eso sí extingue).

¿Tengo que avisar a la empresa antes de la papeleta SMAC?

No. La papeleta SMAC en sí ya es la primera notificación oficial. La empresa la recibe del SMAC y se le cita a conciliación.

¿Cuánto cobra un abogado laboralista por llevar mi despido?

Habitualmente entre 10-25% del importe que se consigue (a éxito) o tarifas fijas 800-2.500€. Si ganas más de 6.000€, suele compensar. Para casos pequeños, IA jurídica + plantillas pueden ser suficientes.

Conclusión: el despido es ganable, pero hay plazos cortos

El sistema español protege bastante al trabajador despedido si actúa rápido. Las claves son:

  • 20 días HÁBILES para impugnar (plazo de caducidad)
  • Carta sin causa concreta = improcedencia automática
  • Despido durante baja médica = nulidad probable
  • Cálculo correcto de indemnización (incluye prorrata pagas)

Si estás en cualquiera de los escenarios de esta guía, no esperes: usa la calculadora de arriba para tener cifras concretas, descarga las plantillas de burofax/SMAC y, si es un caso grande (>15.000 €), valora consultar a un abogado especialista.

Fuentes legales

Esta guía se basa en legislación vigente del Boletín Oficial del Estado (BOE) y jurisprudencia del CENDOJ disponible en la fecha de actualización indicada. Los artículos citados son verificables en boe.es y CENDOJ.

Esta guía es orientación informativa, no asesoramiento jurídico vinculante. Para situaciones con consecuencias jurídicas directas, consulta con un abogado colegiado.

¿Aplica a tu caso?

Plantéalo a la IA.
Respuesta en 2 minutos con el artículo exacto.

Sin registro. Sin pago. La IA cita el BOE artículo por artículo y te dice si necesitas abogado.

Consultar gratis

Herramientas que pueden ayudarte ahora

Plantillas listas para descargar

También te puede interesar

Última actualización: 07 de May de 2026

Contenido generado con IA jurídica supervisada por abogados colegiados y verificado contra el BOE en tiempo real. Si encuentras un error, avísanos.

¿Tienes una duda legal?

Plantea tu caso. Te respondemos en menos de 2 minutos, con los artículos del BOE en la mano.

Orientación preliminar gratuita. Sin compromiso. Si tu caso necesita un abogado colegiado, te lo decimos antes de seguir.