Artículo 53 LOI: Órganos de selección y Comisiones de valoración
Norma: Ley Orgánica de Igualdad (LO 3/2007) · Fuente oficial: BOE-A-2007-6115 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 53 LOI en la práctica?
El artículo 53 de Ley Orgánica de Igualdad (LOI) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Laboral y aborda específicamente «Órganos de selección y Comisiones de valoración».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (LO 3/2007 · BOE-A-2007-6115), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 53 LOI, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 53 LOI
¿Qué regula el artículo 53 de LOI (Ley Orgánica de Igualdad)?
El artículo 53 de Ley Orgánica de Igualdad (LO 3/2007) regula «Órganos de selección y Comisiones de valoración» dentro del ámbito de Derecho Laboral. Su texto oficial consolidado establece: Órganos de selección y Comisiones de valoración. Todos los tribunales y órganos de selección del personal de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres,...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 53 LOI en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2007-6115. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 53 LOI a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 53 LOI y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.