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LOEX · Artículo 37

Artículo 37 LOEX: Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia

Norma: Ley de Extranjería (LO 4/2000) · Fuente oficial: BOE-A-2000-544 en boe.es ↗

Artículo 37 LOEX — Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia
LOEX · Ley de Extranjería BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 37. Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia

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Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia. 1. Para la realización de actividades económicas por cuenta propia habrá de acreditarse el cumplimiento de todos los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada, así como los relativos a la suficiencia de la inversión y la potencial creación de empleo, entre otros que reglamentariamente se establezcan. 2. La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia se limitará a un ámbito geográfico no superior al de una Comunidad Autónoma, y a un sector de actividad. Su duración se determinará reglamentariamente. 3. La concesión de la autorización inicial de trabajo, en necesaria coordinación con la que corresponde al Estado en materia de residencia, corresponderá a las Comunidades Autónomas de acuerdo con las competencias asumidas en los correspondientes Estatutos. Se modifica por el art. único.40 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-19949. Se modifica por el art. 1.16 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21187. Se modifica y se renumera por el art. 1.30 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-23660. Su anterior numeración era art. 34. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2001. Ref. BOE-A-2001-3663. Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 12/12/2009, en vigor a partir del 13/12/2009. Modificación publicada el 21/11/2003, en vigor a partir del 21/12/2003. Modificación publicada el 23/12/2000, en vigor a partir del 23/01/2001. Texto original, publicado el 12/01/2000, en vigor a partir del 01/02/2000. Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 37 LOEX en la práctica?

El artículo 37 de Ley de Extranjería (LOEX) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Administrativo y aborda específicamente «Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (LO 4/2000 · BOE-A-2000-544), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 37 LOEX, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 37 LOEX

¿Qué regula el artículo 37 de LOEX (Ley de Extranjería)?

El artículo 37 de Ley de Extranjería (LO 4/2000) regula «Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia» dentro del ámbito de Derecho Administrativo. Su texto oficial consolidado establece: Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia. 1. Para la realización de actividades económicas por cuenta propia habrá de acreditarse el cumplimiento de todos los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la activi...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 37 LOEX en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2000-544. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 37 LOEX a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 37 LOEX y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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