Artículo 77 LRJS: Exhibición previa de documentos
Norma: Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011) · Fuente oficial: BOE-A-2011-15936 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 77 LRJS en la práctica?
El artículo 77 de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Laboral y aborda específicamente «Exhibición previa de documentos».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (Ley 36/2011 · BOE-A-2011-15936), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 77 LRJS, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
¿Tu empresa alega pérdidas económicas, cierre o retrasos en la nómina? Compruébalo en el BORME
Consulta gratis y sin registro los actos oficiales publicados por tu empresa en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME): cambios de administrador, ampliaciones o reducciones de capital, disoluciones, concursos y datos societarios.
🏛️ Jurisprudencia del Tribunal Supremo relacionada
Buscar más sentencias →Preguntas frecuentes sobre el Artículo 77 LRJS
¿Qué regula el artículo 77 de LRJS (Ley Reguladora de la Jurisdicción Social)?
El artículo 77 de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011) regula «Exhibición previa de documentos» dentro del ámbito de Derecho Laboral. Su texto oficial consolidado establece: Exhibición previa de documentos. 1. En todos aquellos supuestos en que el examen de libros y cuentas o la consulta de cualquier otro documento se demuestre imprescindible para fundamentar la demanda o su oposición, quien pretenda demandar o prevea que vaya a ser demandado podrá s...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 77 LRJS en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2011-15936. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 77 LRJS a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 77 LRJS y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.