Legia.es
LRider · Artículo 8

Artículo 8 LRider: Carpeta Ciudadana del sector público estatal

Norma: Ley Rider (Plataformas Digitales) (LRider) · Fuente oficial: BOE-A-2021-5032 en boe.es ↗

Artículo 8 LRider — Carpeta Ciudadana del sector público estatal
LRider · Ley Rider (Plataformas Digitales) BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 8. Carpeta Ciudadana del sector público estatal

Verificar en boe.es ↗
Carpeta Ciudadana del sector público estatal. 1. La Carpeta Ciudadana es el área personalizada de las personas interesadas a que se refiere el artículo 7.3 en su relación con el sector público estatal. Además del interesado podrán acceder a la Carpeta Ciudadana: a) Sus representantes legales. b) Quien ostente un poder general previsto en el artículo 6.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, otorgado por el interesado e inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. 2. La Carpeta Ciudadana será accesible a través de la sede electrónica del PAGe de la Administración General del Estado y podrá ofrecer, entre otras, las funcionalidades siguientes para el interesado o sus representantes: a) Permitir el seguimiento del estado de tramitación de los procedimientos en que sea interesado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre. b) Permitir el acceso a sus comunicaciones y notificaciones. c) Conocer qué datos suyos obran en poder del sector público estatal, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la normativa vigente. d) Facilitar la obtención de certificaciones administrativas exigidas por la normativa correspondiente. 3. El interesado accederá a la Carpeta Ciudadana mediante los sistemas de identificación a los que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 4. El interesado deberá asegurar el buen uso de los sistemas de identificación y velar por que el acceso a su carpeta Ciudadana solo se haga por sí mismo o por tercero autorizado. Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 8 LRider en la práctica?

El artículo 8 de Ley Rider (Plataformas Digitales) (LRider) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Laboral y aborda específicamente «Carpeta Ciudadana del sector público estatal».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (LRider · BOE-A-2021-5032), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 8 LRider, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
⚡ Consulta Jurídica IA Gratuita · BOE + Supremo Respuesta orientativa en segundos · Sin coste

¿Necesitas aplicar el Art. 8 LRider a tu caso personal?

Pulsa en una pregunta frecuente o escribe tu caso concreto para recibir una orientación preliminar gratuita con base en el BOE.

Preguntas rápidas en 1 clic:

📄 ¿Tienes un contrato, carta de despido, convenio o burofax en PDF? Analizar documento gratis con IA →
Publicidad
🏢 Verificación Oficial de Empresas en el BORME · OpenMercantil.es Gratis · Sin registro · Datos oficiales BOE/BORME

¿Tu empresa alega pérdidas económicas, cierre o retrasos en la nómina? Compruébalo en el BORME

Consulta gratis y sin registro los actos oficiales publicados por tu empresa en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME): cambios de administrador, ampliaciones o reducciones de capital, disoluciones, concursos y datos societarios.

🏛️ Jurisprudencia del Tribunal Supremo relacionada

Buscar más sentencias →
STS 5758/2024 Ver sentencia →

Presunción de laboralidad: indicios de relación laboral

Se presume la existencia de contrato de trabajo entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, dentro del ámbito de organización del empleador. Indicios: jornada fija, herramientas del empresario, ajenidad en los frutos, sometimiento a poder disciplinario, retribución periódica.

STS 6476/2024 Ver sentencia →

Presunción de laboralidad: indicios de relación laboral

Se presume la existencia de contrato de trabajo entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, dentro del ámbito de organización del empleador. Indicios: jornada fija, herramientas del empresario, ajenidad en los frutos, sometimiento a poder disciplinario, retribución periódica.

STS 515/2024 Ver sentencia →

Presunción de laboralidad: indicios de relación laboral

Se presume la existencia de contrato de trabajo entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, dentro del ámbito de organización del empleador. Indicios: jornada fija, herramientas del empresario, ajenidad en los frutos, sometimiento a poder disciplinario, retribución periódica.

STS 799/2024 Ver sentencia →

Presunción de laboralidad: indicios de relación laboral

Se presume la existencia de contrato de trabajo entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, dentro del ámbito de organización del empleador. Indicios: jornada fija, herramientas del empresario, ajenidad en los frutos, sometimiento a poder disciplinario, retribución periódica.

STS 1785/2024 Ver sentencia →

Presunción de laboralidad: indicios de relación laboral

Se presume la existencia de contrato de trabajo entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, dentro del ámbito de organización del empleador. Indicios: jornada fija, herramientas del empresario, ajenidad en los frutos, sometimiento a poder disciplinario, retribución periódica.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 8 LRider

¿Qué regula el artículo 8 de LRider (Ley Rider (Plataformas Digitales))?

El artículo 8 de Ley Rider (Plataformas Digitales) (LRider) regula «Carpeta Ciudadana del sector público estatal» dentro del ámbito de Derecho Laboral. Su texto oficial consolidado establece: Carpeta Ciudadana del sector público estatal. 1. La Carpeta Ciudadana es el área personalizada de las personas interesadas a que se refiere el artículo 7.3 en su relación con el sector público estatal. Además del interesado podrán acceder a la Carpeta Ciudadana: a) Sus representa...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 8 LRider en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2021-5032. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 8 LRider a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 8 LRider y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

Publicidad

¿Tienes una duda legal?

Describe tu situación y recibe una orientación inicial con IA.

Consulta las condiciones del servicio antes de empezar. Para decisiones con efectos legales, contrasta documentos y plazos con un profesional.