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LETA · Artículo 18

Artículo 18 LETA: Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos

Norma: Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007) · Fuente oficial: BOE-A-2007-13409 en boe.es ↗

Artículo 18 LETA — Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos
LETA · Estatuto del Trabajo Autónomo BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 18. Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos

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Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos. 1. Será requisito previo para la tramitación de acciones judiciales en relación con el régimen profesional de los trabajadores autónomos económicamente dependientes el intento de conciliación o mediación ante el órgano administrativo que asuma estas funciones. No obstante, a tales efectos, los acuerdos de interés profesional a los que se refiere el artículo 13 de la presente Ley podrán instituir órganos específicos de solución de conflictos. 2. Los procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos estarán basados en los principios de gratuidad, celeridad, agilidad y efectividad. 3. Lo acordado en avenencia tendrá fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el órgano judicial, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias. 4. Las partes podrán igualmente someter sus discrepancias a arbitraje voluntario. Se entenderán equiparados a las sentencias firmes los laudos arbitrales igualmente firmes dictados al efecto. El procedimiento arbitral se someterá a lo pactado entre las partes o al régimen que en su caso se pueda establecer mediante acuerdo de interés profesional, entendiéndose aplicable, en su defecto, la regulación contenida en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de Transportes Terrestres o en cualquier otra normativa específica o sectorial. Subir TÍTULO III Derechos colectivos del trabajador autónomo Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 18 LETA en la práctica?

El artículo 18 de Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Autonomos y aborda específicamente «Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (Ley 20/2007 · BOE-A-2007-13409), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 18 LETA, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 18 LETA

¿Qué regula el artículo 18 de LETA (Estatuto del Trabajo Autónomo)?

El artículo 18 de Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007) regula «Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos» dentro del ámbito de Derecho Autonomos. Su texto oficial consolidado establece: Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos. 1. Será requisito previo para la tramitación de acciones judiciales en relación con el régimen profesional de los trabajadores autónomos económicamente dependientes el intento de conciliación o mediación ante el órgano...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 18 LETA en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2007-13409. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 18 LETA a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 18 LETA y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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