Legia.es
LECrim · Artículo 736

Artículo 736 LECrim: En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos

Norma: Ley de Enjuiciamiento Criminal (RD 14/09/1882) · Fuente oficial: BOE-A-1882-6036 en boe.es ↗

Artículo 736 LECrim — En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos
LECrim · Ley de Enjuiciamiento Criminal BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 736. En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos

Verificar en boe.es ↗
En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos. Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 736 LECrim en la práctica?

El artículo 736 de Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Penal y aborda específicamente «En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RD 14/09/1882 · BOE-A-1882-6036), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 736 LECrim, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
⚡ Consulta Jurídica IA Gratuita · BOE + Supremo Respuesta orientativa en segundos · Sin coste

¿Necesitas aplicar el Art. 736 LECrim a tu caso personal?

Pulsa en una pregunta frecuente o escribe tu caso concreto para recibir una orientación preliminar gratuita con base en el BOE.

Preguntas rápidas en 1 clic:

📄 ¿Tienes un contrato, carta de despido, convenio o burofax en PDF? Analizar documento gratis con IA →
Publicidad
🏢 Transparencia e Inteligencia Mercantil · OpenMercantil.es Gratis · Sin registro · Datos oficiales BOE/BORME

¿Tu caso involucra a una empresa, comercio, banco o sociedad? Verifícala gratis en el BORME

Cruza la normativa del BOE con los datos reales del Registro Mercantil en OpenMercantil.es: consulta administradores, capital social, domicilio oficial, actos societarios y licitaciones públicas de cualquier entidad en España.

🏛️ Jurisprudencia del Tribunal Supremo relacionada

Buscar más sentencias →

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 736 LECrim

¿Qué regula el artículo 736 de LECrim (Ley de Enjuiciamiento Criminal)?

El artículo 736 de Ley de Enjuiciamiento Criminal (RD 14/09/1882) regula «En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos» dentro del ámbito de Derecho Penal. Su texto oficial consolidado establece: En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos. Subir

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 736 LECrim en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1882-6036. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 736 LECrim a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 736 LECrim y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

Publicidad

¿Tienes una duda legal?

Describe tu situación y recibe una orientación inicial con IA.

Consulta las condiciones del servicio antes de empezar. Para decisiones con efectos legales, contrasta documentos y plazos con un profesional.