Artículo 57 LEC: Sumisión expresa y reparto
Norma: Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000) · Fuente oficial: BOE-A-2000-323 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 57 LEC en la práctica?
El artículo 57 de Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil y aborda específicamente «Sumisión expresa y reparto».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (Ley 1/2000 · BOE-A-2000-323), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 57 LEC, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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¿Qué regula el artículo 57 de LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil)?
El artículo 57 de Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000) regula «Sumisión expresa y reparto» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Sumisión expresa y reparto. La sumisión expresa de las partes determinará la circunscripción cuyos tribunales hayan de conocer del asunto. Cuando en dicha circunscripción existan varios tribunales de la misma clase, el reparto de los asuntos determinará a cuál de ellos correspond...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 57 LEC en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2000-323. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 57 LEC a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 57 LEC y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.