Artículo 37 CE
Norma: Constitución Española (CE 1978) · Fuente oficial: BOE-A-1978-31229 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 37 CE en la práctica?
El artículo 37 de Constitución Española (CE) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (CE 1978 · BOE-A-1978-31229), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 37 CE, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 37 CE
¿Qué regula el artículo 37 de CE (Constitución Española)?
El artículo 37 de Constitución Española (CE 1978) regula «Artículo 37 de Constitución Española» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Artículo 37 1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios. 2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto c...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 37 CE en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1978-31229. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 37 CE a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 37 CE y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.