Artículo 400 CC: Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad
Norma: Código Civil (RD 24/07/1889) · Fuente oficial: BOE-A-1889-4763 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 400 CC en la práctica?
El artículo 400 de Código Civil (CC) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil y aborda específicamente «Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RD 24/07/1889 · BOE-A-1889-4763), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 400 CC, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 400 CC
¿Qué regula el artículo 400 de CC (Código Civil)?
El artículo 400 de Código Civil (RD 24/07/1889) regula «Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. Esto no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años. Este plazo po...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 400 CC en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1889-4763. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 400 CC a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 400 CC y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.