1. Supuesto de hecho analizado por el Tribunal
El recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad oscila entre el 30% y el 50%. Es compatible con la indemnización por daños y perjuicios. La responsabilidad del empresario es objetiva cuando se incumplen normas de prevención. El accidente in itinere tiene la misma protección.
«El recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad oscila entre el 30% y el 50%. Es compatible con la indemnización por daños y perjuicios. La responsabilidad del empresario es objetiva cuando se incumplen normas de prevención. El accidente in itinere tiene la misma protección.»