Artículo 37 LSC: Responsabilidad de la sociedad en formación
Norma: Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) · Fuente oficial: BOE-A-2010-10544 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 37 LSC en la práctica?
El artículo 37 de Ley de Sociedades de Capital (LSC) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil y aborda específicamente «Responsabilidad de la sociedad en formación».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RDL 1/2010 · BOE-A-2010-10544), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 37 LSC, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
Consulta gratis fichas de empresas, administradores vigentes y actos del BORME
Accede a más de 291.000 sociedades españolas, historial de nombramientos y ceses de administradores, boletín diario del BORME por provincia y licitaciones públicas adjudicadas sin descargar los PDF del BOE.
🏛️ Jurisprudencia del Tribunal Supremo relacionada
Buscar más sentencias →Hurto vs robo: distinción y penas
El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
Hurto vs robo: distinción y penas
El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
Hurto vs robo: distinción y penas
El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
Hurto vs robo: distinción y penas
El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
Hurto vs robo: distinción y penas
El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
Preguntas frecuentes sobre el Artículo 37 LSC
¿Qué regula el artículo 37 de LSC (Ley de Sociedades de Capital)?
El artículo 37 de Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) regula «Responsabilidad de la sociedad en formación» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Responsabilidad de la sociedad en formación. 1. Por los actos y contratos indispensables para la inscripción de la sociedad, por los realizados por los administradores dentro de las facultades que les confiere la escritura para la fase anterior a la inscripción y por los estipula...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 37 LSC en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2010-10544. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 37 LSC a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 37 LSC y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.