Artículo 62 LM: Concepto y titularidad
Norma: Ley de Marcas (Ley 17/2001) · Fuente oficial: BOE-A-2001-23093 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 62 LM en la práctica?
El artículo 62 de Ley de Marcas (LM) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil y aborda específicamente «Concepto y titularidad».
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (Ley 17/2001 · BOE-A-2001-23093), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 62 LM, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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¿Qué regula el artículo 62 de LM (Ley de Marcas)?
El artículo 62 de Ley de Marcas (Ley 17/2001) regula «Concepto y titularidad» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Concepto y titularidad. 1. Se entenderá por marca colectiva todo signo que, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 4, sirva para distinguir los productos o servicios de los miembros de la asociación titular de la marca de los productos o servicios de otras empresas. 2...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 62 LM en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2001-23093. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 62 LM a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 62 LM y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.