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LETA · Artículo 14

Artículo 14 LETA: Jornada de la actividad profesional

Norma: Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007) · Fuente oficial: BOE-A-2007-13409 en boe.es ↗

Artículo 14 LETA — Jornada de la actividad profesional
LETA · Estatuto del Trabajo Autónomo BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 14. Jornada de la actividad profesional

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Jornada de la actividad profesional. 1. El trabajador autónomo económicamente dependiente tendrá derecho a una interrupción de su actividad anual de 18 días hábiles, sin perjuicio de que dicho régimen pueda ser mejorado mediante contrato entre las partes o mediante acuerdos de interés profesional. 2. Mediante contrato individual o acuerdo de interés profesional se determinará el régimen de descanso semanal y el correspondiente a los festivos, la cuantía máxima de la jornada de actividad y, en el caso de que la misma se compute por mes o año, su distribución semanal. 3. La realización de actividad por tiempo superior al pactado contractualmente será voluntaria en todo caso, no pudiendo exceder del incremento máximo establecido mediante acuerdo de interés profesional. En ausencia de acuerdo de interés profesional, el incremento no podrá exceder del 30 por ciento del tiempo ordinario de actividad individualmente acordado. 4. El horario de actividad procurará adaptarse a los efectos de poder conciliar la vida personal, familiar y profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente. 5. La trabajadora autónoma económicamente dependiente que sea víctima de violencia de género o de violencias sexuales tendrá derecho a la adaptación del horario de actividad con el objeto de hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral. Se modifica el apartado 5, con efectos desde el 7 de octubre de 2022, por la disposición final 11.1 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14630 Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 07/09/2022, en vigor a partir del 07/10/2022. Texto original, publicado el 12/07/2007, en vigor a partir del 12/10/2007. Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 14 LETA en la práctica?

El artículo 14 de Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Autonomos y aborda específicamente «Jornada de la actividad profesional».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (Ley 20/2007 · BOE-A-2007-13409), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 14 LETA, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 14 LETA

¿Qué regula el artículo 14 de LETA (Estatuto del Trabajo Autónomo)?

El artículo 14 de Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007) regula «Jornada de la actividad profesional» dentro del ámbito de Derecho Autonomos. Su texto oficial consolidado establece: Jornada de la actividad profesional. 1. El trabajador autónomo económicamente dependiente tendrá derecho a una interrupción de su actividad anual de 18 días hábiles, sin perjuicio de que dicho régimen pueda ser mejorado mediante contrato entre las partes o mediante acuerdos de in...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 14 LETA en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2007-13409. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 14 LETA a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 14 LETA y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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