Artículo 173 LECivil-SegCiu
Norma: Ley de Seguridad Ciudadana (LO 4/2015) · Fuente oficial: BOE-A-2015-3439 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 173 LECivil-SegCiu en la práctica?
El artículo 173 de Ley de Seguridad Ciudadana (LECivil-SegCiu) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Penal
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (LO 4/2015 · BOE-A-2015-3439), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 173 LECivil-SegCiu, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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¿Qué regula el artículo 173 de LECivil-SegCiu (Ley de Seguridad Ciudadana)?
El artículo 173 de Ley de Seguridad Ciudadana (LO 4/2015) regula «Artículo 173 de Ley de Seguridad Ciudadana» dentro del ámbito de Derecho Penal. Su texto oficial consolidado establece: » Ciento trece. Se modifica el artículo 210, que queda redactado del siguiente modo: «El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando estas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 173 LECivil-SegCiu en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2015-3439. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 173 LECivil-SegCiu a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 173 LECivil-SegCiu y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.