Artículo 61 CE
Norma: Constitución Española (CE 1978) · Fuente oficial: BOE-A-1978-31229 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 61 CE en la práctica?
El artículo 61 de Constitución Española (CE) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (CE 1978 · BOE-A-1978-31229), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 61 CE, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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¿Qué regula el artículo 61 de CE (Constitución Española)?
El artículo 61 de Constitución Española (CE 1978) regula «Artículo 61 de Constitución Española» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Artículo 61 1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. 2. El Príncipe heredero, al...
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 61 CE en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1978-31229. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 61 CE a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 61 CE y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.