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Despido improcedente 2026: indemnización, plazos y derechos

Un despido es improcedente cuando el empresario no acredita la causa alegada o incumple los requisitos formales (carta de despido defectuosa, falta de preaviso, ausencia de hechos probados). Sus efectos están tasados por

Actualizado: 7 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

Un despido es improcedente cuando el empresario no acredita la causa alegada o incumple los requisitos formales (carta de despido defectuosa, falta de preaviso, ausencia de hechos probados). Sus efectos están tasados por ley: o readmisión con salarios de tramitación, o una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Esta guía explica cómo se califica el despido, cómo se calcula lo que te corresponde y qué plazos no puedes dejar pasar.

Preguntas frecuentes

33 días de salario por año de servicio para el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012, con un máximo de 24 mensualidades. El tiempo anterior a esa fecha se calcula a 45 días/año, con reglas transitorias específicas (Art. 56 ET).
20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Es un plazo de caducidad, no de prescripción: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a impugnar (Art. 59.3 ET). Presentar la papeleta de conciliación en el SMAC suspende el cómputo.
Como regla general, la empresa, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la sentencia. La excepción es el representante legal de los trabajadores o delegado sindical, que es quien elige (Art. 56 ET y Art. 110 LRJS).
La indemnización legal obligatoria por despido improcedente está exenta de IRPF hasta el límite de 180.000 €. El exceso y el finiquito sí tributan como rendimiento del trabajo.
Según la doctrina del Tribunal Supremo de 2024 y 2025, no: la indemnización del artículo 56 ET no puede incrementarse por vía judicial con una cantidad adicional "disuasoria", pese a la Carta Social Europea. Solo una reforma legislativa podría cambiarlo.
El improcedente da derecho a indemnización o readmisión a elección de la empresa. El nulo —por vulnerar derechos fundamentales o afectar a colectivos protegidos (embarazo, reducción de jornada por cuidado, etc.)— obliga a readmitir con salarios de tramitación. Ver la guía de despido nulo.
Sí. Son conceptos distintos: el finiquito recoge salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas; la indemnización compensa el despido improcedente. Se perciben de forma acumulativa.
No firmar no impide que el despido surta efecto ni amplía el plazo para reclamar. Puedes firmar "no conforme" o anotar la fecha de recepción para dejar constancia. Lo explicamos en la guía de qué pasa si no firmo la carta de despido. Aviso legal: esta guía es orientación informativa basada en legislación vigente del BOE y jurisprudencia del CENDOJ a la fecha de actualización. No constituye asesoramiento jurídico vinculante. Para situaciones con consecuencias jurídicas directas, consulta con un abogado colegiado.

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Última actualización: 21 de June de 2026

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