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LSC · Artículo 487

Artículo 487 LSC: Representación frente a los miembros de la dirección

Norma: Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) · Fuente oficial: BOE-A-2010-10544 en boe.es ↗

Artículo 487 LSC — Representación frente a los miembros de la dirección
LSC · Ley de Sociedades de Capital BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 487. Representación frente a los miembros de la dirección

Verificar en boe.es ↗
Representación frente a los miembros de la dirección. La representación de la sociedad frente a los miembros de la dirección corresponde al consejo de control. Redactado el título conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 210, de 30 de agosto de 2010. Ref. BOE-A-2010-13539 Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 487 LSC en la práctica?

El artículo 487 de Ley de Sociedades de Capital (LSC) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil y aborda específicamente «Representación frente a los miembros de la dirección».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RDL 1/2010 · BOE-A-2010-10544), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 487 LSC, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 487 LSC

¿Qué regula el artículo 487 de LSC (Ley de Sociedades de Capital)?

El artículo 487 de Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) regula «Representación frente a los miembros de la dirección» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Representación frente a los miembros de la dirección. La representación de la sociedad frente a los miembros de la dirección corresponde al consejo de control. Redactado el título conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 210, de 30 de agosto de 2010. Ref. BOE-A-2...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 487 LSC en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2010-10544. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 487 LSC a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 487 LSC y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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