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LPI · Artículo 132

Artículo 132 LPI: Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6

Norma: Ley de Propiedad Intelectual (RDL 1/1996) · Fuente oficial: BOE-A-1996-8930 en boe.es ↗

Artículo 132 LPI — Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6
LPI · Ley de Propiedad Intelectual BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 132. Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6

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Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6.1, en la sección 2.ª del capítulo III, del Título II y en el capítulo II del Título III, salvo lo establecido en el párrafo segundo del apartado segundo del artículo 37, ambos del Libro I de la presente Ley, se aplicarán, con carácter subsidiario y en lo pertinente, a los otros derechos de propiedad intelectual regulados en este Libro. Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 10/2007, de 22 de junio. Ref. BOE-A-2007-12351. Se modifica por el art. 2.1 de la Ley 19/2006, de 5 de junio. Ref. BOE-A-2006-9960. Se modifica por el art. 6.2 de la Ley 5/1998, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-1998-5568. Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 23/06/2007, en vigor a partir del 24/06/2007. Modificación publicada el 06/06/2006, en vigor a partir del 07/06/2006. Modificación publicada el 07/03/1998, en vigor a partir del 01/04/1998. Texto original, publicado el 22/04/1996, en vigor a partir del 23/04/1996. Subir TÍTULO VIII Derecho "sui generis" sobre las bases de datos Se añade por el art. 6.3 de la Ley 5/1998, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-1998-5568. Texto añadido, publicado el 07/03/1998, en vigor a partir del 01/04/1998. Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 132 LPI en la práctica?

El artículo 132 de Ley de Propiedad Intelectual (LPI) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil y aborda específicamente «Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RDL 1/1996 · BOE-A-1996-8930), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 132 LPI, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 132 LPI

¿Qué regula el artículo 132 de LPI (Ley de Propiedad Intelectual)?

El artículo 132 de Ley de Propiedad Intelectual (RDL 1/1996) regula «Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Aplicación subsidiaria de las disposiciones del Libro I Las disposiciones contenidas en el artículo 6.1, en la sección 2.ª del capítulo III, del Título II y en el capítulo II del Título III, salvo lo establecido en el párrafo segundo del apartado segundo del artículo 37, ambos de...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 132 LPI en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1996-8930. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 132 LPI a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 132 LPI y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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