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LIRPF · Artículo 88

Artículo 88 LIRPF: Calificación de la renta atribuida

Norma: Ley del IRPF (Ley 35/2006) · Fuente oficial: BOE-A-2006-20764 en boe.es ↗

Artículo 88 LIRPF — Calificación de la renta atribuida
LIRPF · Ley del IRPF BOE Consolidado
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 88 LIRPF en la práctica?

El artículo 88 de Ley del IRPF (LIRPF) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Administrativo y aborda específicamente «Calificación de la renta atribuida».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (Ley 35/2006 · BOE-A-2006-20764), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 88 LIRPF, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 88 LIRPF

¿Qué regula el artículo 88 de LIRPF (Ley del IRPF)?

El artículo 88 de Ley del IRPF (Ley 35/2006) regula «Calificación de la renta atribuida» dentro del ámbito de Derecho Administrativo. Su texto oficial consolidado establece: Calificación de la renta atribuida. Las rentas de las entidades en régimen de atribución de rentas atribuidas a los socios, herederos, comuneros o partícipes tendrán la naturaleza derivada de la actividad o fuente de donde procedan para cada uno de ellos. Subir

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 88 LIRPF en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2006-20764. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 88 LIRPF a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 88 LIRPF y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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