Incapacidad permanente: revisión por mejoría
Supuesto analizado: La incapacidad permanente puede revisarse por mejoría o agravamiento. El plazo mínimo para la revisión es de 2 años desde la fecha de reconocimiento. La carga de la prueba de la mejoría corresponde a la Administración. No basta con la estabilización sino que debe acreditarse mejoría efectiva.