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Doctrina del Tribunal Supremo · CENDOJ Legia.es
STS 9650/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 18/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 1129/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 17/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 5002/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 16/09/2024 · Área: Penal

Violencia de género: elementos del tipo y prueba

Supuesto analizado: La violencia de género requiere que el autor sea hombre y la víctima mujer, y que exista o haya existido relación de afectividad análoga a la conyugal. No se exige convivencia. La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para la condena si cumple los requisitos de credibilidad.

Doctrina jurisprudencial fijada: La violencia de género requiere que el autor sea hombre y la víctima mujer, y que exista o haya existido relación de afectividad análoga a la conyugal. No se exige convivencia. La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para la condena si cumple los requisitos de credibilidad.
STS 8596/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 16/09/2024 · Área: Penal

Violencia de género: elementos del tipo y prueba

Supuesto analizado: La violencia de género requiere que el autor sea hombre y la víctima mujer, y que exista o haya existido relación de afectividad análoga a la conyugal. No se exige convivencia. La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para la condena si cumple los requisitos de credibilidad.

Doctrina jurisprudencial fijada: La violencia de género requiere que el autor sea hombre y la víctima mujer, y que exista o haya existido relación de afectividad análoga a la conyugal. No se exige convivencia. La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para la condena si cumple los requisitos de credibilidad.
STS 5206/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 16/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 3310/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 16/09/2024 · Área: Penal

Hurto vs robo: distinción y penas

Supuesto analizado: El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.

Doctrina jurisprudencial fijada: El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
STS 2369/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 15/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 956/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 14/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 2496/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 10/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 7943/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 09/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 1024/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 06/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 2235/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 02/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 53/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 02/09/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 3139/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 28/08/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 3873/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 28/08/2024 · Área: Penal

Violencia de género: elementos del tipo y prueba

Supuesto analizado: La violencia de género requiere que el autor sea hombre y la víctima mujer, y que exista o haya existido relación de afectividad análoga a la conyugal. No se exige convivencia. La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para la condena si cumple los requisitos de credibilidad.

Doctrina jurisprudencial fijada: La violencia de género requiere que el autor sea hombre y la víctima mujer, y que exista o haya existido relación de afectividad análoga a la conyugal. No se exige convivencia. La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para la condena si cumple los requisitos de credibilidad.
STS 4466/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 27/08/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 4413/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 27/08/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 9502/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 27/08/2024 · Área: Penal

Hurto vs robo: distinción y penas

Supuesto analizado: El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.

Doctrina jurisprudencial fijada: El hurto (art. 234 CP) se distingue del robo (art. 237 CP) por la ausencia de fuerza o violencia. Si el valor de lo sustraído no excede 400€, el hurto es delito leve (art. 234.2). El robo con fuerza en las cosas tiene pena de 1 a 3 años de prisión. El robo con violencia o intimidación, de 2 a 5 años.
STS 4669/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 26/08/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
STS 2429/2024 Tribunal Supremo · Sala 2ª Penal
Fecha: 26/08/2024 · Área: Penal

Estafa informática: phishing y nuevas modalidades

Supuesto analizado: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.

Doctrina jurisprudencial fijada: El phishing constituye estafa informática del art. 248.2 CP. Los elementos son: engaño previo, manipulación informática, desplazamiento patrimonial. Los intermediarios (muleros) responden como cooperadores necesarios. La cuantía superior a 400€ determina la diferencia entre delito leve y menos grave.
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