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TRLTSV · Artículo 96

Artículo 96 TRLTSV: Recursos en el procedimiento sancionador ordinario

Norma: Ley sobre Tráfico (RDL 6/2015) · Fuente oficial: BOE-A-2015-11722 en boe.es ↗

Artículo 96 TRLTSV — Recursos en el procedimiento sancionador ordinario
TRLTSV · Ley sobre Tráfico BOE Consolidado
Texto Oficial Consolidado (BOE)

Artículo 96. Recursos en el procedimiento sancionador ordinario

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Recursos en el procedimiento sancionador ordinario. 1. La resolución sancionadora pondrá fin a la vía administrativa y la sanción se podrá ejecutar desde el día siguiente a aquel en que se notifique al interesado, produciendo plenos efectos, o, en su caso, una vez haya transcurrido el plazo indicado en el artículo 95.4. 2. Contra las resoluciones sancionadoras, podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. El recurso se interpondrá ante el órgano que dictó la resolución sancionadora, que será el competente para resolverlo. 3. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. 4. No se tendrán en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones del recurrente que pudieran haber sido aportados en el procedimiento originario. 5. El recurso de reposición regulado en este artículo se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. 6. Contra las resoluciones sancionadoras dictadas por los órganos competentes de las comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de funciones y servicios en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, así como por los Alcaldes, en el caso de las entidades locales, se estará a lo establecido en los anteriores apartados respetando la competencia sancionadora prevista en su normativa específica. Subir CAPÍTULO V Intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico Subir
Guía de Aplicación Práctica · Lenguaje Claro

¿Qué significa el Artículo 96 TRLTSV en la práctica?

El artículo 96 de Ley sobre Tráfico (TRLTSV) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Administrativo y aborda específicamente «Recursos en el procedimiento sancionador ordinario».

  • Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RDL 6/2015 · BOE-A-2015-11722), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
  • Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 96 TRLTSV, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
  • Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 96 TRLTSV

¿Qué regula el artículo 96 de TRLTSV (Ley sobre Tráfico)?

El artículo 96 de Ley sobre Tráfico (RDL 6/2015) regula «Recursos en el procedimiento sancionador ordinario» dentro del ámbito de Derecho Administrativo. Su texto oficial consolidado establece: Recursos en el procedimiento sancionador ordinario. 1. La resolución sancionadora pondrá fin a la vía administrativa y la sanción se podrá ejecutar desde el día siguiente a aquel en que se notifique al interesado, produciendo plenos efectos, o, en su caso, una vez haya transcurri...

¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 96 TRLTSV en el BOE?

El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-2015-11722. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.

¿Cómo aplicar el artículo 96 TRLTSV a una reclamación o consulta legal?

Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 96 TRLTSV y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.

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