Artículo 1 CCom
Norma: Código de Comercio (RD 22/08/1885) · Fuente oficial: BOE-A-1885-6627 en boe.es ↗
¿Qué significa el Artículo 1 CCom en la práctica?
El artículo 1 de Código de Comercio (CCom) forma parte de la regulación esencial en materia de Derecho Civil
- Valor normativo: Se trata de derecho positivo vigente publicado en el Boletín Oficial del Estado (RD 22/08/1885 · BOE-A-1885-6627), directamente invocable ante tribunales, administraciones públicas, servicios de conciliación (SMAC) y requerimientos extrajudiciales MASC (LO 1/2025).
- Cómputo de plazos y prueba documental: Antes de ejercitar cualquier acción amparada en el art. 1 CCom, conserva los documentos acreditativos (contratos, nóminas, notificaciones fehacientes o burofax) y verifica si el plazo es de prescripción (se interrumpe por reclamación extrajudicial conforme al art. 1973 CC) o de caducidad.
- Interpretación jurisprudencial: La aplicación de este precepto a cada caso concreto depende de los hechos probados y de la doctrina consolidada del Tribunal Supremo que recogemos a continuación.
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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1 CCom
¿Qué regula el artículo 1 de CCom (Código de Comercio)?
El artículo 1 de Código de Comercio (RD 22/08/1885) regula «Artículo 1 de Código de Comercio» dentro del ámbito de Derecho Civil. Su texto oficial consolidado establece: Artículo 1º. El Código de Comercio referido se observará como Ley en la Península e islas adyacentes desde el 1 de enero de 1886. Subir
¿Dónde consultar el texto oficial consolidado del artículo 1 CCom en el BOE?
El texto oficial consolidado y vigente se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado bajo el identificador BOE-A-1885-6627. En esta ficha de Legia.es puedes leer su redacción íntegra junto con la doctrina del Tribunal Supremo y guías prácticas.
¿Cómo aplicar el artículo 1 CCom a una reclamación o consulta legal?
Para invocar este precepto en un escrito, burofax MASC (LO 1/2025) o demanda judicial conviene verificar la fecha del hecho causante, contrastar los requisitos del artículo 1 CCom y revisar la jurisprudencia aplicable del Tribunal Supremo.