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⚖️ Artículos del BOE Consolidado (10)
Artículo 1. Objeto de la ley foral. La presente ley foral tiene como objeto contribuir a la conservación, incremento, conocimiento y difusión del Patrimonio Documental de Navarra, así como, al propio tiempo, asegurar su mejor gestión, puesta en valor y preservación, mediante el cumplimiento de los siguientes fines: a)...
Sustanciación y decisión de los recursos de casación foral y extraordinario por infracción procesal, cuando litigantes de un mismo pleito opten por distinto recurso extraordinario. Cuando distintos litigantes de un mismo proceso opten, cada uno de ellos, por diferente recurso extraordinario, uno por infracción procesal...
Artículo 8. Adquisición de documentos de interés para Navarra. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio del respeto al patrimonio documental compartido con el resto de España, promoverá el retorno y, en su caso, la adquisición de aquellos documentos que, encontrándose fuera del territorio navar...
Artículo 3. Ámbito territorial de aplicación. La presente ley foral será de aplicación al conjunto de la acción voluntaria cuando la actividad, el beneficio o el programa se desarrollen en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, con independencia de la titularidad de las entidades o del lugar donde tengan su do...
Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente ley foral es: a) Definir la acción voluntaria. b) Establecer el régimen de derechos y deberes de las personas voluntarias, las entidades de voluntariado y las personas destinatarias de la acción voluntaria. c) Fomentar la colaboración y coordinación de agentes del voluntaria...
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. 1. La presente ley foral es de aplicación a las y los agentes del voluntariado de Navarra. 2. A los efectos de la presente ley foral, tienen la consideración de agentes del voluntariado: a) Las entidades de voluntariado. b) Las personas voluntarias. c) Las personas destinatar...
Artículo 6. Censo de Archivos y Patrimonio Documental de Navarra. 1. El Censo de Archivos y Patrimonio Documental de Navarra es el instrumento administrativo público de identificación, control y protección de todos aquellos documentos o conjuntos documentales que, conservados o no en centros de archivo, integran el Pat...
Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente ley foral es de aplicación a todas las personas y entidades titulares de archivos, así como de documentos que formen o puedan formar parte del Patrimonio Documental de Navarra y, en especial, a: a) La Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el sector público insti...
Artículo 4. Protección y régimen jurídico. 1. El Patrimonio Documental de Navarra, integrado por los documentos de titularidad pública y privada que se detallan en este título, está sometido al régimen y a las medidas de protección establecidos en el ordenamiento jurídico para el patrimonio histórico y cultural y, adem...
Artículo 5. Defensa y puesta en valor. 1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias, desarrollará una política archivística dirigida a la defensa y puesta en valor del Patrimonio Documental de Navarra, de forma que permita su mayor conocimiento y acceso por la ciudadanía como...