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⚖️ Artículos del BOE Consolidado (10)
Sentencias recurribles. Son recurribles en casación para la unificación de doctrina, las sentencias dictadas en suplicación por las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia. Subir
Contra el auto en que se deniegue el requerimiento de inhibición sólo habrá lugar al recurso de casación. Subir
Reglas de la acumulación de recursos. La acumulación de recursos de suplicación y casación se regirá por lo dispuesto en el artículo 234. Subir Sección 4.ª Disposiciones comunes Subir
Contra la sentencia de casación y la que se dicte en virtud de la misma, no se dará recurso alguno. Subir
Las sentencias en que se declare haber o no lugar al recurso de casación se publicarán en la «Colección Legislativa». Subir
Intervinientes en el proceso y recurso de casación. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.2.15 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. Ref. BOE-A-2000-323 Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 08/01/2000, en vigor a partir del 08/01/2001. Texto original, publicado e...
En las sentencias que pronuncie el Tribunal Supremo en los recursos de casación o en los de revisión no habrá discordia, quedando al efecto desechados los resultandos y considerandos que no reúnan mayoría absoluta de votos. Subir TÍTULO VII De las notificaciones, citaciones y emplazamientos Subir
En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse fundándose en la infracción de precepto constitucional. Se modifica por la disposición final 12.6 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. Ref. BOE-A-2000-323. Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 08/01/2000, en vigor a partir del...
Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, la sentencia dictada a continuación de la de casación por la Sala segunda del Tribunal Supremo se ejecutará por el Tribunal que hubiese pronunciado la sentencia casada, en vista de la certificación que al efecto le remitirá la referida Sala. Subir
Preparación del recurso. 1. El recurso de casación deberá prepararse en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para considerarlo preparado la mera manifestación de las partes o de su abogado, graduado social colegiado o representante, al hacerle la notificación de aquélla, de...