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Cuánto cuesta impugnar un testamento

Impugnar un testamento en España no tiene una tarifa fija: los honorarios de abogado y procurador son libres y se suman a las pruebas periciales (caligráfica o médica), las tasas y posibles costas. Como orientación, un p

Actualizado: 6 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

Cuánto cuesta impugnar un testamento

Impugnar un testamento en España no tiene una tarifa fija: los honorarios de abogado y procurador son libres y se suman a las pruebas periciales (caligráfica o médica), las tasas y posibles costas. Como orientación, un procedimiento contencioso suele moverse en un amplio rango de varios miles de euros, dependiendo de la cuantía de la herencia, la complejidad y la duración del pleito.

Qué dice la ley sobre la impugnación del testamento

La impugnación de un testamento es la acción judicial por la que un interesado pide que se declare nulo (total o parcialmente) un testamento, o que se anule alguna de sus disposiciones. El coste depende directamente de la causa que se invoque, porque cada una exige medios de prueba distintos y plazos diferentes. La regulación está, principalmente, en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889).

Capacidad del testador (art. 663 CC)

El artículo 663 del Código Civil considera incapaces para testar a los menores de catorce años y a quien habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio en el momento de otorgar el testamento. Es la causa típica para impugnar testamentos de personas con deterioro cognitivo, demencia o bajo medicación que afecte a la voluntad. El notario, conforme al artículo 685 CC, debe asegurarse de que el testador tiene, a su juicio, la capacidad necesaria, lo que refuerza la presunción de validez y obliga al impugnante a una prueba sólida.

Vicios del consentimiento (art. 673 CC)

Según el artículo 673 del Código Civil, será nulo el testamento otorgado con violencia, dolo o fraude. Aquí se encuadran los supuestos de presión, engaño o manipulación al testador (por ejemplo, captación de voluntad por quien resulta beneficiado). Es una causa difícil de probar y suele apoyarse en prueba testifical, documental e indiciaria.

Defectos de forma (art. 687 CC)

El artículo 687 del Código Civil dispone que será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades legalmente establecidas. Las formas son requisitos esenciales (ad solemnitatem): faltas como la ausencia de firma, defectos en el testamento ológrafo o irregularidades graves en la intervención notarial o de testigos pueden acarrear la nulidad.

Preterición de herederos forzosos (art. 814 CC)

El artículo 814 del Código Civil regula la preterición, esto es, cuando el testador omite en el testamento a un heredero forzoso (descendiente, ascendiente o cónyuge con derecho a legítima). Sus efectos varían según la preterición sea intencional o no intencional, y según afecte a parte o a la totalidad de los legitimarios, pudiendo anular la institución de heredero. Conviene tener presente también que la revocación de un testamento solo opera por las causas y formas legalmente previstas (arts. 738, 739 y 743 CC).

Pasos, plazos y coste de impugnar un testamento

El proceso es contencioso y se sustancia, por regla general, mediante juicio ordinario ante los juzgados de Primera Instancia. Estos son los pasos habituales:

  1. Análisis jurídico previo: revisión del testamento, de la copia autorizada, certificados de defunción y de últimas voluntades, y valoración de la causa de impugnación.
  2. Reclamación o intento extrajudicial: en algunos casos se busca un acuerdo antes de demandar.
  3. Preparación de prueba pericial: contratación de perito caligráfico (testamento ológrafo) o médico (capacidad del testador).
  4. Interposición de la demanda y desarrollo del juicio (contestación, audiencia previa, vista, prueba).
  5. Sentencia y, en su caso, recurso de apelación.

Conceptos que integran el coste

ConceptoQuién lo fijaNotas
Honorarios de abogadoLibres (pacto con el cliente)Pueden ser por hora, por fase o porcentaje sobre la cuantía.
Derechos de procuradorArancel orientativo / libresSu intervención es preceptiva en el juicio ordinario.
Prueba pericial caligráficaLibre (perito privado)Para testamentos ológrafos o firmas dudosas.
Prueba pericial médicaLibre (perito privado)Para acreditar falta de capacidad del testador.
Tasas y gastos del juzgadoSegún normativa vigenteLas personas físicas suelen estar exentas de tasa judicial.
Costas procesalesEl juez, según resultadoQuien pierde puede ser condenado a pagar las de la otra parte.

Importante: no existen tarifas oficiales obligatorias para abogados y procuradores; los importes dependen de la cuantía de la herencia, la complejidad probatoria, el número de partes y la duración. Pide siempre presupuesto u hoja de encargo por escrito antes de iniciar.

Plazos para impugnar

  • Anulabilidad (vicios del consentimiento, p. ej. art. 673 CC): la acción caduca a los cuatro años conforme al artículo 1301 del Código Civil.
  • Nulidad de pleno derecho (defectos de forma esenciales, art. 687 CC): la doctrina mayoritaria la considera imprescriptible, por afectar a requisitos esenciales del acto.
  • Reclamaciones de legítima: tienen sus propios plazos; consúltalos con un profesional, pues la línea entre nulidad y otras acciones (reducción, complemento de legítima) influye en el plazo aplicable.

Consecuencias de impugnar un testamento

Una impugnación tiene efectos importantes, tanto si prospera como si no:

  • Si se estima la nulidad total: el testamento deja de surtir efecto y se abre la sucesión conforme al testamento anterior válido o, en su defecto, conforme a la sucesión intestada (herederos legales).
  • Si se estima una nulidad parcial: solo decae la disposición afectada (por ejemplo, la institución de heredero por preterición), manteniéndose el resto.
  • Si se desestima: el testamento se confirma y el demandante puede ser condenado en costas, asumiendo además sus propios gastos.
  • Bloqueo de la herencia: mientras dura el pleito, suele paralizarse o complicarse el reparto y la inscripción de bienes.

Qué hacer antes de impugnar: pasos prácticos

  1. Reúne la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia autorizada del testamento y, si existen, testamentos anteriores.
  2. Identifica la causa exacta (capacidad, vicio del consentimiento, forma o preterición): determina la prueba y el plazo aplicable.
  3. Verifica el plazo: si la causa es de anulabilidad, recuerda el límite de cuatro años del art. 1301 CC.
  4. Solicita varios presupuestos a abogados especializados en sucesiones y compara alcance y honorarios.
  5. Valora la prueba pericial necesaria y su coste, porque suele ser decisiva.
  6. Considera una negociación previa: un acuerdo entre herederos puede evitar el coste y la duración de un pleito.

Casos prácticos orientativos

Caso 1: testamento de un familiar con demencia

Un hijo sospecha que su padre, con deterioro cognitivo diagnosticado, otorgó testamento sin capacidad. La vía es el art. 663 CC y la prueba clave es la pericial médica sobre el estado mental en la fecha del otorgamiento. El coste se eleva por el informe pericial y la dificultad de vencer la valoración de capacidad que hizo el notario (art. 685 CC).

Caso 2: testamento ológrafo de firma dudosa

Aparece un testamento manuscrito cuya autoría se cuestiona. Procede una pericial caligráfica y el examen de los requisitos de forma (art. 687 CC). Si se acredita falsedad o defecto formal esencial, cabe la nulidad, que la doctrina considera imprescriptible.

Caso 3: heredero olvidado en el testamento

Una hija no aparece mencionada en el testamento de su madre. Se analiza si hay preterición (art. 814 CC) y si fue intencional o no, lo que determina el efecto (anulación de la institución de heredero o solo de parte de las disposiciones). Aquí el coste depende más del análisis jurídico y la cuantía que de pruebas periciales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta exactamente impugnar un testamento?

No hay precio fijo. Los honorarios de abogado y procurador son libres y se suman a las periciales y posibles costas. El importe depende de la cuantía de la herencia, la complejidad y la duración. Pide presupuesto por escrito antes de iniciar el procedimiento.

¿Qué plazo tengo para impugnar?

Si la causa es de anulabilidad (vicios del consentimiento, art. 673 CC), la acción caduca a los cuatro años según el artículo 1301 del Código Civil. La nulidad de pleno derecho por defectos de forma esenciales (art. 687 CC) se considera imprescriptible. Confirma siempre el plazo con un profesional.

¿Quién paga las costas del juicio?

Las costas las decide el juez según el resultado. Por regla general, quien pierde puede ser condenado a pagar las costas de la otra parte. Por ello, antes de demandar conviene valorar las posibilidades de éxito y el coste total que se asume.

¿Necesito perito para impugnar?

Depende de la causa. Para alegar falta de capacidad del testador suele ser determinante una pericial médica; para un testamento ológrafo con firma dudosa, una pericial caligráfica. Estas pruebas tienen honorarios libres y elevan el coste, pero a menudo son decisivas para el resultado.

¿Puedo evitar el pleito y sus costes?

Sí. En muchos casos los herederos alcanzan un acuerdo extrajudicial que evita la duración y el coste de un juicio. Una negociación o mediación, con asesoramiento, puede ser más rápida y económica que la vía contenciosa, especialmente cuando la prueba es incierta.

Información orientativa, no asesoramiento jurídico vinculante.

Preguntas frecuentes

No hay precio fijo. Los honorarios de abogado y procurador son libres y se suman a las periciales y posibles costas. El importe depende de la cuantía de la herencia, la complejidad y la duración. Pide presupuesto por escrito antes de iniciar el procedimiento.
Si la causa es de anulabilidad (vicios del consentimiento, art. 673 CC), la acción caduca a los cuatro años según el artículo 1301 del Código Civil. La nulidad de pleno derecho por defectos de forma esenciales (art. 687 CC) se considera imprescriptible. Confirma siempre el plazo con un profesional.
Las costas las decide el juez según el resultado. Por regla general, quien pierde puede ser condenado a pagar las costas de la otra parte. Por ello, antes de demandar conviene valorar las posibilidades de éxito y el coste total que se asume.
Depende de la causa. Para alegar falta de capacidad del testador suele ser determinante una pericial médica; para un testamento ológrafo con firma dudosa, una pericial caligráfica. Estas pruebas tienen honorarios libres y elevan el coste, pero a menudo son decisivas para el resultado.
Sí. En muchos casos los herederos alcanzan un acuerdo extrajudicial que evita la duración y el coste de un juicio. Una negociación o mediación, con asesoramiento, puede ser más rápida y económica que la vía contenciosa, especialmente cuando la prueba es incierta. Información orientativa, no asesoramiento jurídico vinculante.

Fuentes legales

Esta guía se basa en legislación vigente del Boletín Oficial del Estado (BOE) y jurisprudencia del CENDOJ disponible en la fecha de actualización indicada. Los artículos citados son verificables en boe.es y CENDOJ.

Esta guía es orientación informativa, no asesoramiento jurídico vinculante. Para situaciones con consecuencias jurídicas directas, consulta con un abogado colegiado.

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Última actualización: 16 de June de 2026

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