La nacionalidad por residencia es la vía más común para que un extranjero se convierta en español. Se regula en el artículo 22 del Código Civil y exige residencia legal, buena conducta cívica y suficiente integración. En esta guía repasamos plazos, requisitos, exámenes, procedimiento, costes y los errores más frecuentes según las fuentes oficiales vigentes en 2026.
Plazos de residencia exigidos
El plazo de residencia legal varía según el perfil del solicitante. El artículo 22 del Código Civil establece un plazo general de diez años y varios plazos reducidos para colectivos concretos.
| Plazo | A quién se aplica |
|---|---|
| 10 años | Caso general |
| 5 años | Personas con condición de refugiado reconocida |
| 2 años | Nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y sefardíes |
| 1 año | Casados con español/a (un año y no separados de hecho ni legalmente), viudos/as de español/a, nacidos en territorio español, y quienes estuvieron sujetos a tutela, guarda o acogimiento de un español o institución española durante dos años consecutivos |
En todos los casos, la residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Las ausencias prolongadas pueden romper la continuidad y obligar a reiniciar el cómputo.
Requisitos del artículo 22 del Código Civil
Además de cumplir el plazo, el solicitante debe acreditar dos requisitos adicionales que el Código Civil exige expresamente:
- Buena conducta cívica: se valora el comportamiento del solicitante; los antecedentes penales o policiales pueden motivar la denegación.
- Suficiente grado de integración en la sociedad española: se acredita, con carácter general, superando las pruebas del Instituto Cervantes.
Exámenes DELE A2 y CCSE del Instituto Cervantes
La integración se demuestra mediante dos pruebas oficiales gestionadas por el Instituto Cervantes:
- CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España): obligatoria para todos los solicitantes mayores de edad. El certificado tiene una validez de cuatro años y se convoca varias veces al año.
- DELE nivel A2 o superior (diploma de español): acredita el conocimiento del idioma. Están exentos los nacionales de países o territorios donde el español es lengua oficial, siempre que se trate de nacionalidad de origen.
Los menores de edad y las personas con capacidad modificada judicialmente (tuteladas) están exentos de ambas pruebas; acreditan la integración por otras vías ante el Registro Civil.
Procedimiento telemático y documentación
La solicitud se tramita preferentemente por vía electrónica a través de la sede del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (Ministerio de Justicia), conforme al Reglamento aprobado por el Real Decreto 1004/2015.
Pasos básicos
- Reunir la documentación y obtener los certificados DELE A2 y CCSE (salvo exenciones).
- Abonar la tasa mediante el Modelo 790, código 026.
- Presentar la solicitud telemática (con certificado digital, Cl@ve o a través de profesional habilitado) o, alternativamente, en formato presencial.
- Consultar el estado del expediente en el sistema telemático del Ministerio.
Documentación habitual
- Pasaporte en vigor y tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o certificado de registro.
- Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado o apostillado y traducido.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, legalizado/apostillado y traducido, y certificado de antecedentes penales en España.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificados DELE A2 y CCSE (cuando proceda).
- Justificante de pago de la tasa (Modelo 790-026) y documentación específica del plazo reducido (p. ej. certificado de matrimonio y de la nacionalidad del cónyuge).
Plazos de resolución y costes
El procedimiento debe resolverse y notificarse en un plazo máximo de un año desde que la solicitud tiene entrada en la Dirección General competente, según el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015. Si transcurre ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo (silencio negativo), lo que abre la vía de recurso. En la práctica, los tiempos reales suelen ser superiores.
Costes orientativos en 2026
- Tasa Modelo 790-026: algo más de 100 euros. Es un importe que se actualiza cada año mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado, por lo que conviene comprobar la cifra vigente en la sede del Ministerio antes de pagar. No se devuelve aunque se deniegue la solicitud.
- Examen DELE A2: 138 € en España en 2026 (puede variar según el país de inscripción).
- Prueba CCSE: 85 €, que incluye el derecho a presentarse hasta en dos ocasiones si no se supera a la primera.
A estos costes pueden sumarse los de legalización, apostilla y traducción jurada de documentos extranjeros.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Confundir residencia legal con empadronamiento: el padrón no acredita residencia legal; cuentan los periodos con autorización de residencia en vigor.
- Ausencias largas de España que rompen la continuidad de la residencia inmediatamente anterior.
- Presentar documentos sin legalizar/apostillar ni traducir por traductor jurado.
- Dejar caducar el certificado CCSE (validez de cuatro años) antes de resolverse el expediente.
- Antecedentes penales o policiales no aclarados, que afectan a la buena conducta cívica.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad anterior?
Con carácter general, al adquirir la nacionalidad española por residencia se exige renunciar a la anterior. Existe una excepción importante: los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y los sefardíes no están obligados a renunciar, según el Código Civil.
¿Quién está exento del examen DELE A2?
Están exentos del DELE A2 los nacionales de países o territorios donde el español es idioma oficial, siempre que se trate de nacionalidad de origen. También quedan exentos de ambas pruebas los menores de edad y las personas tuteladas.
¿Qué ocurre si pasa un año sin respuesta?
Si transcurre el plazo máximo de un año sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio negativo. Esto permite interponer los recursos correspondientes, aunque en la práctica muchos expedientes se resuelven más tarde de forma expresa.
¿La tasa se devuelve si me deniegan la nacionalidad?
No. La tasa del Modelo 790-026 se abona al presentar la solicitud y no se reintegra aunque el expediente sea denegado.
¿Cuánto vale el certificado CCSE en el tiempo?
El certificado de la prueba CCSE tiene una validez de cuatro años desde su aprobación. Conviene planificar el momento de hacerlo para que siga vigente cuando se resuelva el expediente.
Información orientativa; consulta tu caso con un abogado. Cada expediente tiene particularidades (plazos, exenciones, documentación) que conviene revisar antes de presentar la solicitud. Si lo necesitas, puedes consultar tu caso con un profesional.