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Ley de startups: incentivos fiscales clave

La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (la "Ley de startups") concentra sus principales incentivos fiscales en un tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades, u

Actualizado: 9 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (la "Ley de startups") concentra sus principales incentivos fiscales en un tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades, una exención de hasta 50.000 euros para las stock options, una deducción del 50% para el inversor y un régimen específico para el carried interest. Para acceder a ellos, la empresa debe estar certificada como emergente por ENISA. A continuación explicamos cada beneficio con su artículo y cifra exactos.

En resumen

  • Impuesto sobre Sociedades: tipo del 15% (en lugar del 25%) durante el primer periodo con base imponible positiva y los tres siguientes (art. 7 Ley 28/2022).
  • Stock options: exención en IRPF de hasta 50.000 euros anuales por la entrega de acciones o participaciones a la plantilla (art. 42.3.f de la Ley 35/2006 del IRPF).
  • Deducción del inversor: 50% de la inversión, con base máxima de 100.000 euros al año (art. 68.1 Ley del IRPF).
  • Carried interest: calificado como rendimiento del trabajo e integrado al 50% en la base imponible (disposición adicional 53ª de la Ley del IRPF).
  • Requisito previo: certificación como empresa emergente por ENISA (art. 4 Ley 28/2022 y Orden PCM/825/2023).

El tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades

El artículo 7 de la Ley 28/2022 permite que las empresas emergentes tributen en el Impuesto sobre Sociedades (y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente) al tipo del 15%, frente al tipo general del 25%.

Este tipo se aplica en el primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes, siempre que la empresa mantenga la condición de emergente. En la práctica, son hasta cuatro ejercicios de tributación reducida. La base imponible es el beneficio sobre el que se calcula el impuesto, una vez aplicados los ajustes fiscales.

Aplazamiento de deudas y exención de pagos fraccionados

El artículo 8 añade dos ventajas de tesorería para las startups certificadas:

  • Aplazamiento del pago del Impuesto sobre Sociedades en los dos primeros periodos con base imponible positiva, por 12 y 6 meses respectivamente desde el fin del plazo de declaración, sin garantías ni intereses de demora.
  • Exención de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades en los dos periodos posteriores a aquel en que la base imponible haya sido positiva. Los pagos fraccionados son adelantos del impuesto que normalmente se ingresan a lo largo del año.

La mejora en la tributación de las stock options

Las stock options son opciones de compra que dan a la plantilla el derecho a adquirir acciones o participaciones de la empresa, a menudo en condiciones favorables. La disposición final tercera de la Ley 28/2022 modificó el artículo 42.3.f) de la Ley 35/2006 del IRPF para elevar de 12.000 a 50.000 euros anuales la exención por la entrega de acciones o participaciones propias a las personas trabajadoras de una empresa emergente. La exención se aplica también cuando la entrega deriva del ejercicio de opciones de compra (stock options) concedidas previamente.

Además, se introducen dos reglas clave:

  • Regla especial de valoración (art. 43.1.1º.g de la Ley del IRPF): para fijar el valor de las acciones se toma, con carácter general, el de la última ampliación de capital con entrada de terceros independientes en el año anterior a aquel en que se entreguen.
  • Diferimiento de la imputación temporal (art. 14.2.m de la Ley del IRPF): la parte del rendimiento del trabajo que exceda de la exención no tributa en el momento de la entrega, sino cuando se produzca la admisión a cotización de la empresa, la salida de las acciones del patrimonio del contribuyente o, en todo caso, una vez transcurridos diez años desde la entrega. Diferir significa retrasar el momento en que se paga el impuesto.

El régimen del carried interest

El carried interest es la retribución que perciben los gestores de fondos de capital riesgo por la gestión exitosa de las inversiones, ligada a los buenos resultados del fondo. La Ley 28/2022 incorporó la disposición adicional quincuagésima tercera (53ª) a la Ley del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2023, para regular el carried interest: la retribución obtenida por la gestión exitosa de entidades de capital riesgo.

Estos rendimientos se califican como rendimientos del trabajo y se integran en la base imponible al 50% de su importe, sin que resulte aplicable ninguna exención o reducción adicional, siempre que se cumplan los requisitos legales (vinculación a participaciones o derechos económicos especiales en fondos de capital riesgo y entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y mantenimiento durante el periodo mínimo previsto). Es un tratamiento alineado con el de países de nuestro entorno para impulsar el capital riesgo como vía de financiación del emprendimiento.

Los beneficios para el inversor: deducción por inversión

La disposición final tercera de la Ley 28/2022 también reforzó la deducción del artículo 68.1 de la Ley del IRPF por inversión en empresas de nueva o reciente creación, un incentivo dirigido al inversor particular (business angel, es decir, la persona que invierte su propio dinero en startups en fase inicial):

ParámetroAntesCon la Ley de startups (desde 1-1-2023)
Porcentaje de deducción30%50%
Base máxima anual60.000 €100.000 €
Plazo para suscribir participaciones3 años5 años (7 para ciertas empresas emergentes)

Así, un inversor puede deducir hasta 50.000 euros al año en su cuota estatal del IRPF (50% sobre una base máxima de 100.000 euros). La deducción exige adquirir las participaciones en el momento de la constitución o en los años siguientes y mantener la inversión durante un periodo mínimo legal.

Requisitos para ser certificada como empresa emergente por ENISA

El artículo 3 de la Ley 28/2022 define la empresa emergente y el artículo 4 atribuye su certificación a ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., S.A.), mediante un procedimiento gratuito y ágil desarrollado por la Orden PCM/825/2023. Para ser certificada, la empresa debe cumplir simultáneamente:

  • Ser de nueva creación o que no hayan transcurrido más de cinco años desde su constitución (siete años en biotecnología, energía, industria u otros sectores estratégicos).
  • No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no sean emergentes.
  • No distribuir ni haber distribuido dividendos.
  • No cotizar en un mercado regulado.
  • Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
  • Tener al menos el 60% de la plantilla con contrato laboral en España.
  • No superar un volumen de negocio anual de diez millones de euros.
  • Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador con un modelo de negocio escalable.

El carácter innovador y escalable lo valora ENISA según los criterios de la Orden PCM/825/2023: grado de innovación, gasto en I+D+i sobre el total, escalabilidad de usuarios u operaciones, competencia y diferenciación, y experiencia del equipo. Entre los elementos que ENISA puede tener en cuenta para apreciar el carácter escalable figura haber suscrito previamente financiación con la propia ENISA, sin que ello sustituya la valoración del conjunto de criterios.

Ejemplo práctico

Imaginemos una sociedad limitada tecnológica constituida hace dos años, sin reparto de dividendos, con el 80% de su plantilla en España y una facturación anual de 600.000 euros. Solicita y obtiene de ENISA la certificación de empresa emergente. A partir de ahí:

  • En su primer ejercicio con beneficios tributa en el Impuesto sobre Sociedades al 15% en lugar del 25%, y mantiene ese tipo los tres ejercicios siguientes.
  • Entrega a una persona del equipo participaciones valoradas en 45.000 euros: al estar por debajo de 50.000 euros anuales, queda exenta en su IRPF.
  • Un business angel invierte 80.000 euros suscribiendo participaciones en la ampliación de capital: podrá aplicar una deducción del 50%, es decir, hasta 40.000 euros en su cuota estatal del IRPF.

Es un caso ilustrativo; cada parámetro depende de cumplir los requisitos legales y de la situación concreta de la empresa y del contribuyente.

Conexión con la Ley Ómnibus 2026 y la regulación de la IA

El ecosistema de las empresas emergentes evoluciona con el marco general de simplificación normativa. La denominada "Ley Ómnibus" y los paquetes de reducción de cargas administrativas previstos para 2026 buscan agilizar trámites societarios y fiscales que también pueden afectar a las startups certificadas; conviene seguir su tramitación, pues a la fecha de esta guía no constituyen todavía un texto consolidado. En paralelo, muchas empresas emergentes operan en inteligencia artificial, un sector donde el futuro marco español de la ley de IA (que desarrolla el Reglamento Europeo de IA) impondrá obligaciones de transparencia y gobernanza adicionales a las ventajas fiscales aquí descritas. Conviene revisar ambos bloques normativos junto con la certificación ENISA.

Preguntas frecuentes

¿Qué incentivos fiscales tiene la Ley de startups?

Los principales son: tipo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades durante hasta cuatro ejercicios (art. 7), aplazamiento del impuesto y exención de pagos fraccionados (art. 8), exención de hasta 50.000 euros en IRPF por stock options (art. 42.3.f LIRPF), deducción del 50% para el inversor sobre una base máxima de 100.000 euros (art. 68.1 LIRPF) y la integración al 50% del carried interest como rendimiento del trabajo (D.A. 53ª LIRPF).

¿Cuáles son los requisitos para ser empresa emergente ENISA?

Conforme al artículo 3 de la Ley 28/2022: menos de cinco años desde la constitución (siete en sectores estratégicos), no proceder de fusión o escisión de empresas no emergentes, no haber repartido dividendos, no cotizar, tener sede o establecimiento permanente y al menos el 60% de la plantilla en España, no superar diez millones de euros de volumen de negocio y desarrollar un proyecto innovador y escalable. La certificación la expide ENISA (art. 4 y Orden PCM/825/2023).

¿Cómo tributan las stock options con la Ley de startups?

Están exentas en IRPF hasta 50.000 euros anuales. El exceso se imputa de forma diferida: tributa cuando la empresa salga a cotización, cuando las acciones salgan del patrimonio del trabajador o, en todo caso, a los diez años de la entrega (art. 14.2.m LIRPF), aplicando una regla especial de valoración (art. 43.1.1º.g LIRPF).

¿En qué consiste la deducción por inversión en empresa de nueva creación?

Permite al inversor particular deducir el 50% de lo invertido en la suscripción de participaciones de una empresa de nueva o reciente creación, con una base máxima de 100.000 euros anuales (hasta 50.000 euros de deducción), pudiendo suscribirse las participaciones en los cinco años siguientes a la constitución (siete para ciertas empresas emergentes), según el artículo 68.1 de la Ley del IRPF.

¿Quién certifica que una empresa es emergente?

La certificación la realiza ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., S.A.) conforme al artículo 4 de la Ley 28/2022 y a la Orden PCM/825/2023, mediante un procedimiento gratuito que evalúa el cumplimiento de los requisitos del artículo 3 y el carácter innovador y escalable del modelo de negocio. La inscripción del carácter de empresa emergente se refleja en el Registro Mercantil.

Fuentes oficiales

Esta guía ha sido elaborada por nuestro equipo de trabajo con base exclusivamente en fuentes oficiales (Ley 28/2022 publicada en el BOE, Ley 35/2006 del IRPF, información de la Agencia Tributaria y la Orden PCM/825/2023). Tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Para cuestiones mercantiles y societarias relacionadas con la constitución de la sociedad puede consultarse también openmercantil.es.

Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un abogado. Verifica tu caso concreto. Consulta tu caso.

Preguntas frecuentes

Los principales son: tipo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades durante hasta cuatro ejercicios (art. 7), aplazamiento del impuesto y exención de pagos fraccionados (art. 8), exención de hasta 50.000 euros en IRPF por stock options (art. 42.3.f LIRPF), deducción del 50% para el inversor sobre una base máxima de 100.000 euros (art. 68.1 LIRPF) y la integración al 50% del carried interest como rendimiento del trabajo (D.A. 53ª LIRPF).
Conforme al artículo 3 de la Ley 28/2022: menos de cinco años desde la constitución (siete en sectores estratégicos), no proceder de fusión o escisión de empresas no emergentes, no haber repartido dividendos, no cotizar, tener sede o establecimiento permanente y al menos el 60% de la plantilla en España, no superar diez millones de euros de volumen de negocio y desarrollar un proyecto innovador y escalable. La certificación la expide ENISA (art. 4 y Orden PCM/825/2023).
Están exentas en IRPF hasta 50.000 euros anuales. El exceso se imputa de forma diferida: tributa cuando la empresa salga a cotización, cuando las acciones salgan del patrimonio del trabajador o, en todo caso, a los diez años de la entrega (art. 14.2.m LIRPF), aplicando una regla especial de valoración (art. 43.1.1º.g LIRPF).
Permite al inversor particular deducir el 50% de lo invertido en la suscripción de participaciones de una empresa de nueva o reciente creación, con una base máxima de 100.000 euros anuales (hasta 50.000 euros de deducción), pudiendo suscribirse las participaciones en los cinco años siguientes a la constitución (siete para ciertas empresas emergentes), según el artículo 68.1 de la Ley del IRPF.
La certificación la realiza ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., S.A.) conforme al artículo 4 de la Ley 28/2022 y a la Orden PCM/825/2023, mediante un procedimiento gratuito que evalúa el cumplimiento de los requisitos del artículo 3 y el carácter innovador y escalable del modelo de negocio. La inscripción del carácter de empresa emergente se refleja en el Registro Mercantil.

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Última actualización: 20 de June de 2026

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