Injurias y calumnias en redes sociales: cómo denunciar
¿Te han insultado o difamado en Instagram, WhatsApp o TikTok?
Por el equipo de Legia· verificado con fuentes oficiales
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¿Te han insultado o difamado en Instagram, WhatsApp o TikTok? Esto es lo que debes hacer YA
Si alguien ha publicado algo falso y humillante sobre ti en redes sociales —como decir que robaste en una tienda, que eres un estafador, que tienes una enfermedad mental sin fundamento, o que engañaste a tu pareja— no es solo “una broma” ni “libertad de expresión”. Es un delito penal. Y sí: puedes denunciarlo. Hoy mismo.
No esperes a que se vuelva viral. No pienses que “nadie lo va a creer”. La ley española protege tu honor, tu reputación y tu intimidad —incluso en línea— con medidas reales y penas concretas.
Aquí te explico, paso a paso y sin tecnicismos, qué es una injuria, qué es una calumnia, cómo diferenciarlas, qué pruebas necesitas, dónde acudir y qué pena puede tener quien te ha dañado.
Primero: ¿qué es una injuria y qué es una calumnia? (y por qué la diferencia importa)
Imagina dos situaciones:
Caso 1: Tu ex pareja publica en su historia de Instagram: “No confiéis en X: es mentiroso y manipulador”.
→ Eso es una injuria: una afirmación deshonrosa, ofensiva o vejatoria, pero sin acusación falsa de un delito. No dice que cometiste un robo, ni fraude, ni agresión. Solo te descalifica con adjetivos negativos.
Caso 2: Un compañero de trabajo comparte en un grupo de WhatsApp: “X ha sido despedido por robar dinero de la caja del bar donde trabaja” —y eso es totalmente falso.
→ Eso es una calumnia: atribuir públicamente a alguien la comisión de un hecho delictivo, sabiendo que es falso o sin preocuparse de si lo es.
La diferencia no es académica: afecta directamente a la pena, al procedimiento y a tus derechos como víctima.
En ambos casos, el daño es real: puedes perder clientes, ser excluido de grupos, sufrir ansiedad, recibir mensajes agresivos… y la ley lo reconoce como tal.
¿Qué dice la ley? Injurias y calumnias están castigadas en el Código Penal
El Código Penal español regula estos delitos en tres artículos clave. Te los explico con sus consecuencias prácticas:
La injuria está tipificada en el CP art. 205.
Se castiga con multa de 6 a 12 meses (eso equivale, en la práctica, a entre 600 € y 4.800 €, según tu capacidad económica y gravedad), o con pena de prisión de 3 a 6 meses si se comete con publicidad o en presencia de varias personas —como ocurre casi siempre en redes sociales.
La calumnia está regulada en el CP art. 208.
Su pena es más grave: multa de 12 a 24 meses (entre 1.200 € y 9.600 €) o prisión de 6 a 12 meses, si se trata de un hecho delictivo grave (como robo, abuso, corrupción). Si el hecho falso es leve (por ejemplo, “robó un bolígrafo”), la pena puede reducirse, pero sigue siendo delito.
Además, el CP art. 211 establece una regla fundamental: si el acusado no prueba que lo dicho es cierto, se presume que es falso y, por tanto, calumnioso.
Es decir: si alguien dice “X robó”, y no puede demostrarlo con pruebas (grabaciones, testigos, informes policiales), automáticamente comete calumnia. Tú no tienes que probar que no robaste: él debe probar que sí lo hizo.
Esto cambia todo: no estás obligado a justificar tu inocencia. El peso de la prueba recae sobre quien habló.