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Lesiones: cómo denunciarlas, plazos y si tienes derecho a

Denuncia tus lesiones en tiempo hábil y protege tus derechos. Conoce los plazos y requisitos para obtener indemnización económica y justicia en 5 minutos.

Actualizado: 9 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

Lesiones: qué hacer si te han hecho daño físico (y cómo proteger tus derechos)

Si acabas de sufrir un golpe, una caída provocada por otra persona, una agresión en la calle, una pelea en un bar o incluso un accidente laboral donde alguien actuó con imprudencia grave —y ahora tienes moratones, puntos de sutura, una fractura o incluso secuelas permanentes— esto no es solo “mala suerte”. Es un hecho jurídico con consecuencias legales claras. Y tú, como víctima, tienes derechos inmediatos que no puedes dejar pasar.

No esperes a que “se pase el dolor”. Las lesiones físicas tienen plazos muy cortos para actuar. Si no denuncias a tiempo, podrías perder la posibilidad de obtener justicia, una indemnización económica o incluso que se investigue al responsable.

Aquí te explico, paso a paso y sin tecnicismos, qué significa “lesiones” según la ley española, cuándo es un delito, cómo denunciarlo, cuánto tiempo tienes y si puedes reclamar dinero. Todo basado en lo que dice el Código Penal —nada de suposiciones.

¿Cuándo una herida o un golpe es un delito?

No todas las lesiones son delitos. La ley distingue entre lo que es un incidente menor (como un empujón que no deja marca) y lo que sí entra en el ámbito penal.

Según el CP art. 147, comete un delito de lesiones quien, por cualquier medio, causa a otra persona una lesión que menoscabe su integridad física o psíquica. Pero hay una condición clave: que esa lesión requiera tratamiento médico o quirúrgico.

Ejemplos reales:

  • Te dan un puñetazo en la cara y vas al hospital: te ponen 5 puntos de sutura y te dan 3 días de baja médica → sí es delito.
  • En una discusión, alguien te empuja y te caes, rompiéndote el brazo → necesitas cirugía y 45 días de baja → sí es delito.
  • Te pisan el pie con el coche al salir de un aparcamiento y te fracturan dos dedos → acudes a urgencias y te inmovilizan → sí es delito.

Pero si te dan un codazo leve, no hay herida ni molestia médica, y no acudes al médico → no califica como delito bajo el CP art. 147, aunque sí podría ser falta administrativa (por ejemplo, en caso de agresión leve).

También existe el delito de lesiones graves, regulado en el CP art. 150. Se aplica cuando las lesiones causan:

  • Incapacidad permanente para el trabajo (por ejemplo, pérdida de movilidad en una mano tras un corte profundo),
  • Trastornos psíquicos duraderos (como ansiedad postraumática diagnosticada por un psiquiatra),
  • O una incapacidad total o absoluta (como una parálisis tras un golpe en la cabeza).

Estos casos llevan penas más severas y, sobre todo, abren la puerta a una indemnización mucho mayor.

Qué hacer en las primeras 24–48 horas: pasos urgentes

El tiempo es tu aliado… o tu peor enemigo. Lo que hagas ahora determinará si puedes reclamar después.

1. Acude a un centro médico — aunque creas que “no es para tanto”

Es el paso más importante. No basta con poner hielo o tomar ibuprofeno. Necesitas un informe médico oficial: una hoja de urgencias, una historia clínica o un parte de lesiones firmado por un médico. Este documento es tu prueba principal.

¿Por qué? Porque el juez no aceptará tu palabra sola. Necesita constancia objetiva de:

  • Qué lesión sufriste,
  • Cuándo ocurrió (la fecha y hora del ingreso),
  • Qué tratamiento recibiste (puntos, yeso, analgésicos, pruebas radiológicas),
  • Cuántos días de baja te dieron.

Ejemplo real: María fue empujada en una cola y se torció el tobillo. Fue al centro de salud al día siguiente, pero no le dieron baja ni le hicieron radiografía. Al denunciar, la fiscalía archivó la causa: “falta de prueba médica”. Si hubiera ido ese mismo día a urgencias y le hubieran confirmado una rotura de ligamentos, habría tenido base para una demanda.

2. Denuncia ante la Policía o la Guardia Civil — ¡ya!

No esperes a “ver cómo evoluciona”. Debes presentar la denuncia antes de que pasen 72 horas desde los hechos. Aunque el plazo legal para denunciar delitos es más largo (ver más abajo), la práctica judicial demuestra que cuanto antes declares, más credibilidad tiene tu versión y más fácil es localizar testigos o cámaras de seguridad.

Dónde puedes denunciar:

  • En cualquier comisaría de Policía Nacional o Guardia Civil (no hace falta que sea en el lugar donde ocurrió).
  • Online, mediante la Sede Electrónica del Ministerio del Interior (pero solo si tienes certificado digital o DNI electrónico — y aún así, te recomiendo ir en persona para que te asesoren).

Lleva contigo:

  • Tu DNI,
  • El informe médico (impreso o en móvil, pero mejor impreso),
  • Nombre y datos del presunto responsable, si lo conoces (si no, describe su aspecto, ropa, vehículo… todo lo que recuerdes),
  • Nombres y teléfonos de testigos, si los hay.

La denuncia es gratuita y no necesitas abogado para presentarla. Pero sí necesitarás uno después — y eso te lo explicamos más adelante.

3. No borres ni elimines nada

Guarda:

  • Fotos de las lesiones (hechas el mismo día y cada 2–3 días),
  • Facturas de medicamentos, transporte al hospital, prótesis o fisioterapia,
  • Mensajes o grabaciones donde la otra persona reconozca lo sucedido (ej.: “Lo siento, no quise hacerte daño”),
  • Correos o notificaciones de la empresa si fue un accidente laboral.

Todo esto puede ser prueba válida en un juicio.

Plazos legales: cuándo caduca tu derecho a denunciar

Aquí va lo que nadie te dice claramente: el delito de lesiones tiene un plazo de prescripción, es decir, un límite de tiempo para que el Estado pueda perseguirlo. Pero ese plazo depende de la gravedad.

Según la ley:

  • Si las lesiones son leves (requieren tratamiento médico pero no causan secuelas ni larga baja), el plazo es de 1 año desde el día de los hechos CP art. 147.
  • Si son graves, como las descritas en el CP art. 150 (incapacidad permanente, trastornos psíquicos, riesgo para la vida), el plazo se amplía a 5 años.

⚠️ Importante: estos plazos no empiezan a contar desde que te sientas bien, sino desde el día en que ocurrieron los hechos.
Ejemplo: Si te agredieron el 12 de marzo de 2024, el plazo para denunciar lesiones leves vence el 12 de marzo de 2025. Si esperas hasta febrero de 2025 y luego te rompes un diente en otro incidente, ya no podrás reclamar por el primero.

Y hay un detalle clave: presentar la denuncia interrumpe el plazo. Es decir, si denuncias el día 350, el año no sigue corriendo: se reinicia desde cero una vez que la Fiscalía abre la investigación. Pero no confíes en eso: presenta cuanto antes.

¿Y si pasó más de un año? ¿Ya no puedo hacer nada?

No necesariamente. Aunque la acción penal haya prescrito (es decir, ya no se puede abrir causa penal), sigues teniendo derecho a reclamar una indemnización civil. Esto es distinto: no se trata de castigar al agresor, sino de resarcirte económicamente por los daños.

Para ello, puedes presentar una demanda civil ante el Juzgado de Primera Instancia, incluso años después. Los plazos civiles son distintos (hasta 5 años para reclamaciones por responsabilidad extracontractual), y no dependen de que se haya abierto causa penal.

Pero: sin denuncia previa, será mucho más difícil probar quién fue el responsable. Por eso, denunciar siempre es el primer paso obligado, aunque pienses que “ya no sirve de nada”.

¿Tienes derecho a indemnización? Sí — y aquí te decimos cuánto

Sí. Si sufres lesiones por culpa de otra persona (ya sea por intención, imprudencia o negligencia), tienes derecho a ser indemnizado. No es un favor: es un derecho reconocido por la ley.

La indemnización cubre tres tipos de daños:

1. Daños personales (lo que sufrió tu cuerpo y tu salud)

Incluye:

  • Gastos médicos: ambulancia, urgencias, operaciones, rehabilitación, prótesis, medicamentos.
  • Secuelas: si te quedan limitaciones permanentes (por ejemplo, una mano con movilidad reducida tras un corte), se valora con una tabla oficial (baremo de automóviles, aplicado por analogía).
  • Perjuicio moral: el sufrimiento, el miedo, la vergüenza, la alteración del sueño o la ansiedad derivados de lo sucedido.

Ejemplo real: Un hombre de 38 años sufre una fractura de clavícula tras ser empujado en una discoteca. Requiere cirugía y 6 semanas de baja. Tiene secuela leve: dolor ocasional al levantar peso. Según el baremo, su indemnización mínima ronda los 18.500 €, desglosados así:

  • 3.200 € por gastos médicos y farmacéuticos,
  • 9.800 € por perjuicio personal (dolor, sufrimiento, limitaciones),
  • 5.500 € por secuela funcional.

2. Daños patrimoniales (lo que perdiste en dinero)

  • Pérdida de ingresos: si estás de baja y no cobras el 100 % (por ejemplo, trabajadores autónomos o asalariados con nómina reducida),
  • Gastos adicionales: transporte al hospital, cuidados de terceros (si necesitaste ayuda para ducharte o cocinar),
  • Pérdida de oportunidades: si por las lesiones no pudiste firmar un contrato importante o viajar por trabajo.

3. Daños emergentes y lucro cesante (términos técnicos, pero fáciles)

  • Daños emergentes: lo que ya has gastado (ej.: 400 € en fisioterapia).
  • Lucro cesante: lo que dejaste de ganar (ej.: 2.100 € en nómina por 3 semanas de baja no pagadas al 100 %).

No necesitas haber sido “despedido” para reclamar esto. Basta con tener nóminas anteriores y el parte de baja.

¿Cómo se calcula la indemnización? No es al azar

En España no hay una fórmula única, pero sí existen criterios consolidados por los tribunales y el Baremo de Tráfico (que se usa también para lesiones fuera de accidentes de coche). Lo que sí es seguro:

  • Cuanto más tiempo de baja médica tengas, mayor será la indemnización.
  • Cuanto más grave sea la secuela (evaluada por un médico forense), mayor será la cantidad.
  • Si hubo intención de dañar (no solo imprudencia), el juez puede aumentar la indemnización por “agravante de ensañamiento”.

Ejemplo comparativo:

  • Lesión leve

Preguntas frecuentes

Debes presentar una denuncia ante la policía o la Guardia Civil lo antes posible. Si la lesión fue causada por un delito, también puedes interponer una querella. Artículo 329 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) establece los plazos para presentar denuncias.
El plazo general para denunciar una lesión como delito es de 6 meses, salvo que se trate de delitos graves, en cuyo caso puede ser de 1 año. Artículo 108 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) establece estos plazos.
Sí, si la lesión fue causada por un acto ilícito, tienes derecho a una indemnización. La base legal es el artículo 1902 del Código Civil, que establece la responsabilidad civil por daños y perjuicios.
Necesitas informes médicos, pruebas de la lesión y posiblemente un informe pericial. También es útil tener la denuncia presentada. Artículo 1903 del Código Civil regula la obligación de indemnizar por daños personales.

Fuentes legales

Esta guía se basa en legislación vigente del Boletín Oficial del Estado (BOE) y jurisprudencia del CENDOJ disponible en la fecha de actualización indicada. Los artículos citados son verificables en boe.es y CENDOJ.

Esta guía es orientación informativa, no asesoramiento jurídico vinculante. Para situaciones con consecuencias jurídicas directas, consulta con un abogado colegiado.

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Última actualización: 10 de June de 2026

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