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Equipaje perdido o dañado: cuánto te paga la aerolínea

Actualizado: 7 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

En resumen

  • Lo primero, antes de salir del aeropuerto: presentar el PIR (parte de irregularidad de equipaje) y guardar copia sellada junto al talón de facturación. Sin eso, la reclamación se queda sin base probatoria.
  • El equipaje se considera perdido cuando no llega en 21 días desde la fecha prevista (Convenio de Montreal, art. 17.3).
  • Plazos para reclamar por escrito a la compañía: 7 días en caso de daños y 21 días en caso de retraso, contados desde que el equipaje se puso a tu disposición (Anexo del Reglamento (CE) 889/2002).
  • El límite de responsabilidad por destrucción, pérdida, daño o retraso es de 1.000 DEG según el Anexo de ese Reglamento, importe que se revisa periódicamente y se convierte a euros al cambio del día.
  • Puedes elevar ese límite haciendo una declaración especial de valor al facturar y pagando el suplemento correspondiente.

✅ Paso 1: Actúa YA en el aeropuerto — no esperes ni una hora

Si tu equipaje no aparece en la cinta al llegar, no te vayas del recinto aéreo sin hacer nada. El primer paso legalmente vinculante es presentar una Denuncia de Equipaje Perdido (PIR — Property Irregularity Report) ante el mostrador de atención al cliente de la aerolínea o su agente en el aeropuerto. ⚠️ Esto no es un trámite administrativo cualquiera: es la prueba esencial que inicia el plazo de responsabilidad y fija la fecha de inicio del retraso. Si no lo haces allí mismo —y antes de abandonar la zona de recogida—, podrías perder derechos irrecuperables.

➡️ Pide una copia firmada y sellada del PIR con número de referencia. Guarda también el talón de facturación (boarding pass + etiqueta de equipaje). Sin estos dos documentos, cualquier reclamación posterior carecerá de base probatoria válida ante los tribunales o la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

📌 Cómo se hace bien: al no aparecer la maleta, lo primero es presentar el PIR en el mostrador del aeropuerto, antes de salir de la zona de recogida, y quedarse con copia sellada y número de referencia. A partir de ahí lo que se indemniza son los gastos que puedas acreditar —ropa y artículos de primera necesidad, medicación, sustituciones—, con tickets, y hasta el límite del Convenio de Montreal. Sin PIR y sin tickets no hay reclamación que sostener, por muy claro que esté que la maleta se perdió.

¿Qué es exactamente el equipaje perdido o dañado según la ley?

No todo “retraso” es “pérdida”, ni todo “rasguño” es “daño”. La normativa distingue con precisión tres categorías legales:

  • Pérdida real: cuando el equipaje facturado no ha llegado transcurridos 21 días desde la fecha en que debería haber llegado. A partir de ahí puedes hacer valer frente al transportista los derechos del contrato de transporte (Convenio de Montreal de 1999, art. 17.3, al que remite el Reglamento (CE) 889/2002).
  • Retraso: cuando se entrega después de las 21 horas posteriores a la llegada del vuelo, pero antes de los 21 días.
  • Daño físico: roturas, deformaciones, pérdidas de ruedas, cierres o componentes esenciales que afectan la funcionalidad o integridad del equipaje (Convenio de Montreal, art. 17).

⚠️ Importante: el Convenio de Montreal aplica a todos los vuelos internacionales con origen o destino en España, incluso si la aerolínea es extranjera. Y el Reglamento 889/2002 extiende sus garantías a todos los vuelos operados por compañías comunitarias —incluidos los nacionales—, reforzando los derechos del consumidor frente a la pérdida o deterioro.

El equipaje cubierto incluye: maletas facturadas, bolsas de mano aceptadas como equipaje registrado, y objetos transportados bajo contrato de transporte aéreo (no objetos personales que lleves contigo en la cabina). No están cubiertos: objetos frágiles sin declaración previa, dinero, joyas, dispositivos electrónicos no declarados, ni documentos personales —salvo que hayas hecho una declaración especial de valor (Reglamento CE 889/2002, art. 4).

Requisitos para reclamar con éxito

Para que tu reclamación sea admitida y tenga fundamento jurídico, debes cumplir cuatro condiciones acumulativas:

  1. ✅ Haber presentado el PIR dentro de las 24 horas posteriores a la llegada (obligatorio para retraso o pérdida; para daños, el plazo es de 7 días desde la recepción del equipaje — Reglamento CE 889/2002, art. 5).
  2. ✅ Conservar el talón de facturación y la etiqueta de equipaje (prueba de contrato de transporte).
  3. ✅ Acreditar los daños o gastos causados mediante facturas, fotos, informes técnicos o peritajes (ej.: factura de reparación de maleta, justificantes de compra de ropa de emergencia).
  4. ✅ Dirigir la reclamación por escrito a la aerolínea dentro del plazo máximo de dos años desde la fecha del vuelo (Convenio de Montreal, art. 35).

❌ Si no presentaste el PIR, o lo hiciste 48 horas después, la aerolínea puede negarse a tramitar tu caso — aunque en la práctica, algunos operadores aceptan reclamaciones tardías si aportas pruebas sólidas (como capturas de correo electrónico con seguimiento del equipaje).

Cómo funciona el proceso de reclamación paso a paso

  1. Fase 1 – Denuncia inicial (PIR): En el aeropuerto, como ya explicamos.
  2. Fase 2 – Seguimiento activo: Usa el número de PIR para rastrear tu equipaje en la web de la aerolínea o mediante apps como WorldTracer (sistema global de la IATA).
  3. Fase 3 – Reclamación formal escrita: Si pasan 21 días sin localización (pérdida) o si el equipaje llega dañado, envía una carta certificada con acuse de recibo a la dirección oficial de atención al cliente de la aerolínea. Incluye: copia del PIR, talón de facturación, fotos del daño y justificantes de gastos.
  4. Fase 4 – Respuesta obligatoria: La aerolínea tiene 21 días hábiles para responder (Reglamento CE 889/2002, art. 6). Si no lo hace, puedes elevar la reclamación a AESA.
  5. Fase 5 – Recurso ante AESA o Juzgado: Si la respuesta es negativa o insuficiente, presenta una queja formal ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Es gratuita, aunque su resolución no obliga a la compañía: sirve para acreditar el incumplimiento. Si el importe supera los 2.000 € o hay desacuerdo grave, puedes acudir al Juzgado de Primera Instancia competente (por domicilio del consumidor o sede de la aerolínea).

⚠️ Nunca aceptes una oferta verbal ni firmes un “acuerdo de conformidad” sin leerlo detenidamente. Muchas aerolíneas incluyen cláusulas abusivas que renuncian a futuras reclamaciones.

Cantidades máximas y plazos de indemnización

La compensación no es arbitraria: está limitada por tratados internacionales y regulada con precisión:

  • Pérdida total: hasta 1.519 € por pasajero (equivalente a 1.131 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO — SDR, según conversión oficial del FMI). Este límite es absoluto salvo que hayas declarado un valor superior al facturar (Convenio de Montreal, art. 22.2).
  • Daños parciales: se indemniza el coste real de reparación o sustitución razonable, siempre que no supere el límite de 1.519 €.
  • Gastos de emergencia: alimentación, ropa básica, medicamentos y productos de higiene imprescindibles durante el retraso — deben estar debidamente justificados y ser proporcionales (Reglamento CE 889/2002, art. 3.3).

📌 Cómo se construye la reclamación cuando la maleta llega dañada: con facturas, una por concepto. Una reparación de 185 €, una sustitución de 320 € y 142 € de ropa suman 647 €, y esa es exactamente la cifra que se reclama: ni una redonda «por las molestias» ni una estimación. Todo ello dentro del límite del Convenio de Montreal, que es un tope, no una cantidad a la que se tenga derecho automáticamente.

Los plazos de pago son:

  • Hasta 7 días hábiles tras aceptación de la reclamación, si el importe no supera los 500 €.
  • Hasta 21 días hábiles para cantidades superiores.
  • Si no se paga en plazo puedes reclamar los intereses de demora que correspondan; no hay un 10 % general en la normativa de consumo, así que se aplica el interés legal del dinero del ejercicio salvo que el contrato diga otra cosa.

Tus derechos como consumidor: más allá de la indemnización

Además del dinero, tienes derechos procesales y sustanciales clave:

  • ✅ Derecho a recibir información clara y veraz sobre el estado de tu equipaje (Ley General para la Defensa de los Consumidores, art. 5).
  • ✅ Derecho a ser informado sobre tus opciones de reclamación y canales oficiales (AESA, Oficinas Municipales de Información al Consumidor —OMIC).
  • ✅ Derecho a que la aerolínea asuma los gastos de envío urgente del equipaje una vez localizado (si aún no has recuperado tus pertenencias).
  • ✅ Derecho a reclamar daños morales si el retraso o pérdida ha generado consecuencias graves (ej.: pérdida de un evento familiar importante, tratamiento médico interrumpido). Aunque complejo de probar, es posible con informes médicos o testigos.
  • ✅ Derecho a la tutela judicial efectiva: si la aerolínea incumple sus obligaciones, puedes demandarla sin necesidad de abogado si el importe no supera los 2.000 € (vía monitoria o juicio verbal).

También puedes acudir al Centro Europeo del Consumidor si la aerolínea tiene su sede en otro Estado miembro: es la red pública que media gratuitamente en litigios de consumo transfronterizos. No dicta resoluciones vinculantes, pero muchas compañías rectifican cuando el asunto entra por ahí, y no cuesta nada intentarlo en paralelo a la reclamación directa.

Qué hacer si hay problemas: denegaciones injustas, ofertas insuficientes o silencio

Es frecuente que las aerolíneas respondan con excusas como: “el daño era preexistente”, “no presentó PIR a tiempo”, “los gastos no son razonables” o simplemente no respondan. En esos casos:

  • ✅ Documenta todo: guarda correos, grabaciones (si están permitidas localmente), capturas de pantalla del seguimiento y copias de todas las comunicaciones.
  • ✅ Envía un requerimiento formal citando expresamente los artículos legales infringidos: Reglamento CE 889/2002, art. 5 y 6, y Convenio de Montreal, art. 17 y 35.
  • ✅ Acude a AESA: su portal AESA Consumo permite presentar quejas online con seguimiento automático. Tienen potestad sancionadora y su resolución es vinculante en muchos casos.
  • ✅ Si el caso es complejo (equipaje de alto valor, daños múltiples, denegación sistemática), contacta con una asociación de consumidores (OCU, FACUA o ADICAE), que pueden asistirte gratuitamente o gestionar la reclamación por ti.

⚠️ Cuidado con las plataformas privadas de reclamación (ej.: AirHelp): cobran entre el 25 % y el 35 % de la indemnización obtenida. Puedes reclamar tú mismo sin coste alguno.

Casos especiales: equipaje de lujo, declaraciones de valor y vuelos codeshare

  • Equipaje de lujo o alta gama: Si tu maleta vale más de 1.519 €, puedes haber hecho una declaración de valor al facturar. En ese caso, la aerolínea debe indemnizarte por el valor declarado — siempre que lo hayas pagado (hay tarifa adicional). Sin esa declaración, el límite sigue siendo 1.519 €.
  • Vuelos codeshare: Si volaste con una aerolínea pero el avión era operado por otra (ej.: vuelo Iberia vendido como “operado por Vueling”), la responsabilidad corresponde a la aerolínea operadora, no a la comercializadora (Reglamento CE 889/2002, art. 2.2).
  • Equipaje deportivo o instrumental: bicicletas, tablas de surf, instrumentos musicales… requieren facturación especial y pueden tener límites distintos. Revisa siempre las condiciones específicas antes de viajar.
  • Equipaje perdido en conexión internacional: si tu vuelo incluyó escalas fuera de la UE, el Convenio de Montreal sigue aplicando — pero el plazo de 21 días para considerarlo “perdido” se computa desde la llegada final, no desde la primera escala.

Resumen ejecutivo: tus 5 acciones clave

  1. En el aeropuerto: presenta el PIR antes de salir de la zona de recogida y pide copia sellada. Sin PIR, la aerolínea discutirá que el incidente existiera.
  2. Reclama por escrito a la compañía dentro de plazo: siete días si el equipaje llegó dañado y veintiuno si llegó con retraso, contados desde su puesta a disposición. Son plazos de reclamación, no de cortesía: fuera de ellos la aerolínea puede rechazarla sin entrar en el fondo.
  3. Guarda todos los justificantes de lo que hayas tenido que comprar mientras no tenías tu equipaje. La indemnización se calcula sobre gastos acreditados, y las facturas son la única forma de acreditarlos.
  4. Describe el contenido con detalle en la reclamación —marcas, modelos, valor aproximado— y adjunta lo que puedas probar. Una lista genérica se traduce en una oferta genérica.
  5. Si la aerolínea no responde o rechaza sin motivar, queda la vía judicial. Puedes acudir también a AESA, pero conviene saber que su actuación no condena a la compañía a pagarte: sirve de constancia y para que actúe frente a ella.

Plazos y límites de un vistazo

SituaciónPlazoReferencia
Presentar el PIRAntes de salir de la zona de recogida del aeropuertoPráctica exigida por las compañías; es tu prueba
Reclamar por equipaje dañado7 días desde su puesta a disposiciónAnexo del Reglamento (CE) 889/2002
Reclamar por equipaje retrasado21 días desde su puesta a disposiciónAnexo del Reglamento (CE) 889/2002
Equipaje considerado perdido21 días sin entrega desde la fecha previstaConvenio de Montreal, art. 17.3
Límite de indemnización1.000 DEG (revisable), salvo declaración especial de valorAnexo del Reglamento (CE) 889/2002

Fuentes oficiales

  • Reglamento (CE) n.º 889/2002, que modifica el Reglamento (CE) n.º 2027/97 sobre la responsabilidad de las compañías aéreas — su Anexo recoge los plazos de reclamación y los límites de indemnización, y se fundamenta en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999.
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) — organismo ante el que se presentan las reclamaciones de pasajeros en España.

Preguntas frecuentes

La aerolínea debe indemnizar al pasajero por el valor del equipaje perdido, hasta un máximo de 1.350 euros por pasajero, según el Reglamento (CE) n.º 261/2004. Si el equipaje no se recupera, se considera perdido y se aplica esta indemnización.
Debes notificar inmediatamente el daño a la aerolínea en el momento de la recepción del equipaje. La aerolínea está obligada a indemnizar por los daños sufridos, según el Convenio de Montreal de 1999.
Debes presentar la reclamación dentro de los 7 días siguientes a la recepción del equipaje, o dentro de los 21 días si se trata de equipaje perdido. El plazo comienza desde el día en que debía haberse entregado.
Puedes reclamar directamente a la aerolínea. No es necesario pasar por un intermediario, aunque puedes solicitar ayuda a la Oficina de Atención al Pasajero de la aerolínea o a la Dirección General de Transporte Terrestre, Marítimo y Aéreo.
Cuando la compañía admite la pérdida o cuando han transcurrido 21 días desde la fecha en que debería haber llegado sin que se te entregue. Desde ese momento puedes hacer valer contra el transportista los derechos derivados del contrato de transporte (Convenio de Montreal, art. 17.3).
Depende del supuesto: 7 días si el equipaje llegó dañado y 21 días si llegó con retraso, en ambos casos contados desde el día en que el equipaje se puso a tu disposición, según el Anexo del Reglamento (CE) 889/2002. Conviene reclamar por escrito y conservar el acuse.
El Anexo del Reglamento (CE) 889/2002 fija el límite de responsabilidad de la compañía en 1.000 DEG por pasajero para destrucción, pérdida, daño o retraso del equipaje. El DEG es una unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional que se convierte a euros al cambio del día, y su importe se revisa periódicamente.
Sí, si al facturar haces una declaración especial de valor del equipaje y abonas el suplemento que la compañía establezca. En ese caso el límite pasa a ser el valor declarado.
La reclamación se complica mucho, porque el PIR es la prueba que acredita la incidencia y fija la fecha de inicio. Si no pudiste presentarlo allí, reclama por escrito a la compañía cuanto antes y dentro de los plazos del Anexo, conservando todos los justificantes.
En España, ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), que tramita las reclamaciones de los pasajeros frente a las compañías. Ello sin perjuicio de la vía judicial.

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Última actualización: 06 de September de 2026

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